Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05999/2024)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGD y otras entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia, que desarrollen programas de cooperación internacional durante el año 2025
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

Anuncio 5999/2024

a) Documento justificativo acreditativo de la compra
o arrendamiento en el que conste el precio y la
forma de pago.
b) Documentación probatoria, de acuerdo a la
legislación del país correspondiente, donde se
especifique el régimen de propiedad y la titularidad
del inmueble, en el supuesto de adquisición.
c) Compromiso de afectación del inmueble al
proyecto por un periodo de tiempo no inferior a 25
años, en el supuesto de adquisición.
2.6.- Para aquellos proyectos donde se subvencionen
infraestructuras, contratación y/o reforma de inmuebles: Se podrá
imputar con cargo a esta partida los gastos correspondientes a la
mano de obra, dirección de obra, material de construcción,
licencias de obras y tasas etc.
2.7.- La justificación del pago efectivo de los gastos, se realizará
mediante cualquier documento con validez jurídica en el ámbito
mercantil, como copias de transferencias bancarias, o cheques
con extracto bancario, a nombre del beneficiario o su contraparte,
justificativo de que los mismos han sido cobrados.
Dada la peculiaridad de este tipo de subvenciones se podrán
admitir los pagos en metálico en los términos establecidos en la
base 5) apartado l) anterior sobre gastos subvencionables; esto es,
se podrán pagar en efectivo operaciones con un importe inferior a
1.000,00 euros o su contravalor en moneda extranjera.
Cuando los pagos se realicen en efectivo, la factura deberá
estar firmada por su emisor dejando constancia de dicho
pago en el que se especifique pagado, recibí, cancelado,
cash...
Cuando el pago se realice por cheque, este deberá ser a
nombre del perceptor y se acompañará de fotocopia del
mismo, junto con la documentación bancaria del cargo
realizado.
Estos pagos podrán acreditarse mediante movimientos de los
libros o registros contables de la correspondiente entidad, que en
cualquier caso estarán a disposición de la Diputación para que en
un control financiero se pueda comprobar dichos movimientos.
En todo caso, la certificación de dichos pagos, deberá figurar en el
anexo de cuenta justificativa en el apartado 3.1.
La Intervención Provincial, podrá realizar mediante técnicas de
muestreo, el control financiero de las subvenciones otorgadas, en
los términos y condiciones a las que se refiere el Título III de la Ley
de Subvenciones, y del resultado del mismo podrá derivarse la
apertura de expedientes de reintegro, en su caso.

E. Formato. Tanto el informe técnico o memoria del proyecto, las facturas y los documentos justificativos del
pago, así como el informe económico deberán entregarse en formato digital no editable (Ej: .pdf, .jpg), sin
perjuicio que los documentos originales estén disponibles para cualquier control o requerimiento que se
pueda realizar por el órgano concedente o la Intervención Provincial.
F. Prórroga de la justificación. Si por alguna circunstancia excepcional, no pudiera acreditarse a tiempo la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 21 de 33