Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05996/2024)
Convocatoria de subvenciones destinadas a las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia de Badajoz que desarrollen programas de salud mental durante el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo
Anuncio 5996/2024
D. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general, el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión. Sin embargo, cuando las
actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar.
D.2.1.- Anexo de cuenta justificativa (anexo IV), disponible en la dirección electrónica
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php, debidamente cumplimentado y que contendrá:
1. Datos de la entidad que justifica.
2. Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
3. Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué fondos ha sido financiada ésta.
4. Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
5. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados
con la subvención de Diputación, incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de factura,
la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total imputado a la subvención
de Diputación.
6. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados
con fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo descripción del
gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e
importe parcial o total financiado con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora.
7. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con acreditación del importe y
su procedencia. Que se haga constar:
a. La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los
mismos.
b. La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así como que la actividad
subvencionada ha sido realizada en su totalidad, habiéndose cumplido las condiciones
impuestas y conseguido los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
c. Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia con otras
subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede del importe total de la actividad
o proyecto subvencionado.
d. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras
subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y referidos con los números de orden que
aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos necesarios que establece el RD
1619/2012, o la legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados con la aportación de Diputación.
Dichas facturas/documentos serán presentados en formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni
estampillado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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D. Justificación económica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
D.1.- Importe a justificar.
Como regla general, el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión. Sin embargo, cuando las
actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención relativa a esta convocatoria, con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las
actividades subvencionadas.
De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el porcentaje correspondiente al importe no justificado.
D.2.- Documentación a aportar.
D.2.1.- Anexo de cuenta justificativa (anexo IV), disponible en la dirección electrónica
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php, debidamente cumplimentado y que contendrá:
1. Datos de la entidad que justifica.
2. Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
3. Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué fondos ha sido financiada ésta.
4. Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
5. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados
con la subvención de Diputación, incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de factura,
la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total imputado a la subvención
de Diputación.
6. Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad subvencionada financiados
con fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo descripción del
gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e
importe parcial o total financiado con fondos propios u otras subvenciones o recursos, así como la entidad
financiadora.
7. Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto o la actividad con acreditación del importe y
su procedencia. Que se haga constar:
a. La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los
mismos.
b. La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así como que la actividad
subvencionada ha sido realizada en su totalidad, habiéndose cumplido las condiciones
impuestas y conseguido los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
c. Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia con otras
subvenciones concedidas por agentes financiadores, no excede del importe total de la actividad
o proyecto subvencionado.
d. Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a disposición de la
Diputación, y que el importe imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras
subvenciones distintas.
D.2.2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y referidos con los números de orden que
aparezcan relacionados en este:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos necesarios que establece el RD
1619/2012, o la legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados con la aportación de Diputación.
Dichas facturas/documentos serán presentados en formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni
estampillado.
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