Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06080/2024)
Bases para la provisión por procedimiento de concurso de mérito del puesto de Jefatura Negociado de Contratación Centralizada y Asistencia Electrónica a EELL
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 6080/2024
1.1.3. Conocimientos profesionales:
A) Por cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido
impartidos por la Administración Pública correspondiente u
organismos dependientes de la misma, por otros organismos
públicos, colegios profesionales, universidades públicas, o al
amparo de planes de formación continua y que tengan relación
directa con las actividades a desarrollar en el puesto que se
solicita hasta un máximo de 0,75 puntos:
Por la participación como asistente: 0,002 puntos por cada
hora de duración.
Por cursos impartidos: 0,004 puntos por cada hora de
duración.
Las acciones formativas que figuren en días, se contabilizaran
cinco horas por día de duración.
Las acciones formativas en los que no figuren la duración, se
puntuará con 0,002 puntos en los cursos recibidos y con 0,004
puntos en los impartidos.
En el caso de que un funcionario/a haya asistido varias veces a un
mismo curso, solo se valorará una vez la asistencia, excepto en
aquellos cursos en que existan varios niveles de dificultad, en la
que se puntuará la asistencia a cada nivel.
En los cursos impartidos, estos se valorarán por una sola vez, no
siendo susceptibles de ser valorados sucesivas ediciones de ese
mismo curso.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera
universitaria, ni los que formen parte del plan de estudios del
centro, ni los derivados de procesos selectivos, promoción interna
o planes de empleo.
B) Formación académica recibida.
Por estar en posesión de otra titulación de nivel igual o superior a
la exigida para tomar parte en la convocatoria siempre que la
misma sea adecuada a las características del puesto, se puntuará
hasta un máximo de 0,75 puntos de conformidad con la siguiente
escala:
Por cada titulación Superior: 0,75 puntos.
Por cada titulación de Grado Medio: 0,50 puntos.
Por cada titulación equiparable al Bachiller Superior: 0,25
puntos.
Por cada titulación equiparable al Graduado Escolar: 0,15
puntos.
No se podrán valorar aquellas titulaciones que resulten necesarias
para obtener la titulación superior.
1.1.4. Servicios prestados en la corporación provincial:
Por cada año de servicios prestados en la Administración Pública
correspondiente, incluidos los reconocidos, se puntuará con 0,25 puntos por
cada año hasta un máximo de 3 puntos. Se computará la fracción en meses
completos proporcionalmente.
Únicamente se valorarán los méritos alegados y acreditados al momento de la
finalización del plazo de presentación de instancias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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impartidos por la Administración Pública correspondiente u
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públicos, colegios profesionales, universidades públicas, o al
amparo de planes de formación continua y que tengan relación
directa con las actividades a desarrollar en el puesto que se
solicita hasta un máximo de 0,75 puntos:
Por la participación como asistente: 0,002 puntos por cada
hora de duración.
Por cursos impartidos: 0,004 puntos por cada hora de
duración.
Las acciones formativas que figuren en días, se contabilizaran
cinco horas por día de duración.
Las acciones formativas en los que no figuren la duración, se
puntuará con 0,002 puntos en los cursos recibidos y con 0,004
puntos en los impartidos.
En el caso de que un funcionario/a haya asistido varias veces a un
mismo curso, solo se valorará una vez la asistencia, excepto en
aquellos cursos en que existan varios niveles de dificultad, en la
que se puntuará la asistencia a cada nivel.
En los cursos impartidos, estos se valorarán por una sola vez, no
siendo susceptibles de ser valorados sucesivas ediciones de ese
mismo curso.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera
universitaria, ni los que formen parte del plan de estudios del
centro, ni los derivados de procesos selectivos, promoción interna
o planes de empleo.
B) Formación académica recibida.
Por estar en posesión de otra titulación de nivel igual o superior a
la exigida para tomar parte en la convocatoria siempre que la
misma sea adecuada a las características del puesto, se puntuará
hasta un máximo de 0,75 puntos de conformidad con la siguiente
escala:
Por cada titulación Superior: 0,75 puntos.
Por cada titulación de Grado Medio: 0,50 puntos.
Por cada titulación equiparable al Bachiller Superior: 0,25
puntos.
Por cada titulación equiparable al Graduado Escolar: 0,15
puntos.
No se podrán valorar aquellas titulaciones que resulten necesarias
para obtener la titulación superior.
1.1.4. Servicios prestados en la corporación provincial:
Por cada año de servicios prestados en la Administración Pública
correspondiente, incluidos los reconocidos, se puntuará con 0,25 puntos por
cada año hasta un máximo de 3 puntos. Se computará la fracción en meses
completos proporcionalmente.
Únicamente se valorarán los méritos alegados y acreditados al momento de la
finalización del plazo de presentación de instancias.
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