Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06073/2024)
Bases de convocatoria para un puesto de Limpiador/a de Edificios Municipales por discapacidad
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Los Santos de Maimona (Badajoz)
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Bases de convocatoria para un puesto de Limpiador/a de Edificios Municipales por discapacidad

Por la Alcaldía del Ayuntamiento de Los Santos de Maimona, mediante resolución de fecha 10 de diciembre de 2024, se ha
resuelto aprobar las bases de la convocatoria que han de regir el procedimiento de selección de una plaza vacante en el
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN PUESTO DE LIMPIADOR/A EDIFICIOS MUNICIPALES PARA EL AYUNTAMIENTO DE LOS
SANTOS DE MAIMONA
Primera. Objeto de la convocatoria.
El objeto de las presentes bases es la regulación de la convocatoria para la selección de un puesto de trabajo para el
Ayuntamiento de Los Santos de Maimona.

Denominación puesto

Puestos vacantes

Jornada

Duración

Limpiador/a Edificios Municipales

1

50%

12

Segunda. Funciones a desempeñar y características de los puestos.
Las funciones a desempeñar son las propias de cada uno de los puestos ofertados.
Las características serán las siguientes:
- Grupo y subgrupo Limpiador/a de Edificios Municipales: E.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni
hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
e) Estar en posesión de tarjeta de demanda o mejora de empleo del Servicio Público de Empleo de
Extremadura (SEXPE).
f) Estar en posesión del Graduado Escolar o equivalente.
g) Tener reconocida una minusvalía en grado igual o superior al 33%. El certificado de minusvalía tiene que
ser expedido por el organismo competente.
Nota: Todos los solicitantes deberán estar en posesión de los requisitos citados anteriormente a la fecha de preselección por
parte del centro de empleo.
Cuarta. Preselección.
La preselección se hará del siguiente modo:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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