Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios “Cíjara” (Herrera del Duque). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06084/2024)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Arquitecto/a
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Mancomunidad Integral de Servicios “Cíjara”

Anuncio 6084/2024

de 2022, en la cuenta de titularidad de Mancomunidad Integral de Servicios Cíjara:
Banco Santander ES76 0049 0300 1120 9050 8459.

Los documentos originales se exigirán solo a la persona aspirante que finalmente consiga la plaza objeto de esta
convocatoria.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten mediante fotocopia, sin
perjuicio de aportar los originales cuando sean requeridos para ello.
El plazo de presentación de solicitudes será de (20) veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación
del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado/a.
Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases, para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Base octava.- Admisión de aspirantes, lista provisional y lista definitiva.
◦ Publicación lista provisional: Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Mancomunidad
Integral de Servicios Cíjara dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y
causas que han motivado la exclusión.
Dicha lista se hará pública simultáneamente en la sede electrónica de Mancomunidad https://mscijara.sedelectronica.es;
concediéndose un plazo de (2) dos días hábiles desde el día siguiente a su publicación, a los efectos de subsanación de
errores u omisiones, así como de presentación de posibles reclamaciones de los interesados.
◦ Publicación lista definitiva: Finalizado el plazo de reclamaciones, la Presidencia dictará resolución aprobando la lista
definitiva de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador, así como lugar y hora de celebración del proceso
selectivo, que será publicada simultáneamente en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la sede electrónica de la
Mancomunidad Integral de Servicios Cíjara https://mscijara.sedelectronica.es.
En caso de que no hubiese aspirantes excluidos, la lista provisional se entenderá definitiva a efectos de plazos.
Base novena.- Tribunal de Selección.
1. El Tribunal de Selección estará formado por cinco miembros, nombrados todos ellos por resolución de la Presidencia de la
Mancomunidad, entre los que deberá figurar un Presidente/a, un Secretario/a y tres vocales, debiendo poseer todos ellos un
nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido, dando cumplimiento al criterio de paridad entre mujeres y
hombres.
Presidente: Un empleado público de la Mancomunidad o de otro organismo público.
Secretario: La Secretaria de Mancomunidad o funcionario/a que la sustituya.
Vocales: Tres empleado/as de carrera o trabajadores/as laborales fijos/as.
2. Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares indicados.
3. Asesor: Deberá asistir en calidad de asesor, al menos uno de los miembros del equipo de coordinación de las Oficinas
Técnicas de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible dependiente de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio, que tendrá voz, pero no voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y del Secretario/a, o de quienes, en su caso los
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes, titulares o suplentes. En ausencia del Presidente le sustituirá el
Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como
también cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a
la publicación de la correspondiente convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán promover recusación en los casos previstos en el artículo 24 del mismo texto legal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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