Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05885/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5885/2024
del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido el certificado de la Secretaría
General sobre aquellas solicitudes que hayan entrado en plazo en el registro electrónico.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, mediante notificación por medios electrónicos se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez
días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz ubicada en
la dirección web https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital. Los pasos a seguir son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. En trámites por delegaciones para ciudadanos y empresas seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
3. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvención de
convocatorias de concurrencia.
4. Identificarse con el certificado digital.
5. Cumplimentar los datos correspondiente al interesado y a la madre, padre o tutor/a legal, en caso de ser
menor de edad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
7. Adjuntar la documentación requerida para la subsanación.
8. Verificar los datos y documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos observados, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las solicitudes presentadas, proponiendo la concesión de
las subvenciones que procedan, siendo elevado dicho informe al órgano colegiado encargado de la valoración de las
mismas.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de preevaluación, siendo
su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación
Provincial de Badajoz, la siguiente:
Presidente: Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud o funcionario en quien delegue.
Vocales:
Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por el
órgano convocante.
Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido el certificado de la Secretaría
General sobre aquellas solicitudes que hayan entrado en plazo en el registro electrónico.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, mediante notificación por medios electrónicos se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez
días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido de su petición conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través de la sede electrónica de Diputación de Badajoz ubicada en
la dirección web https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital. Los pasos a seguir son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. En trámites por delegaciones para ciudadanos y empresas seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
3. Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvención de
convocatorias de concurrencia.
4. Identificarse con el certificado digital.
5. Cumplimentar los datos correspondiente al interesado y a la madre, padre o tutor/a legal, en caso de ser
menor de edad.
6. Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
7. Adjuntar la documentación requerida para la subsanación.
8. Verificar los datos y documentos adjuntados.
9. Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php.
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos observados, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las solicitudes presentadas, proponiendo la concesión de
las subvenciones que procedan, siendo elevado dicho informe al órgano colegiado encargado de la valoración de las
mismas.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de preevaluación, siendo
su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación
Provincial de Badajoz, la siguiente:
Presidente: Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud o funcionario en quien delegue.
Vocales:
Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por el
órgano convocante.
Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
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