Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05885/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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Cuarto.- Aprobar la convocatoria que desarrolla el procedimiento para la concesión de las subvenciones
convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo establecido en el artículo 56 del RD 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz a fecha de firma electrónica.
El Presidente, PD el Diputado Delegado del Área de Cultura, Deportes y Juventud (Decreto 10/4/2024, BOP 11/4/2024),
Firmado, Ricardo Cabezas Martín.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS A DEPORTISTAS DE ÉLITE DE LA
PROVINCIA DE BADAJOZ PARA EL AÑO 2025
En concordancia con el Plan estratégico provincial de dinamización deportiva de la Diputación de Badajoz, los planes
estratégicos de subvenciones que anualmente elabora la Diputación de Badajoz y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
así como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, el Área de Cultura, Deportes y Juventud ha establecido
entre sus líneas generales de actuación una serie de acciones para fomentar la práctica del deporte en sus múltiples
manifestaciones, entre las que se incluye la concesión de ayudas económicas a deportistas de élite de la provincia.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de los objetivos recogidos en el I Plan estratégico provincial de dinamización
deportiva 2024-2027 y de las competencias propias que el art. 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, atribuye a las Diputaciones Provinciales, y en concreto a lo dispuesto en el apartado d) en relación a "la
cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las
competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Al mismo tiempo, esta acción contribuye a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, alineada
principalmente con el ODS 3, garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades; ODS 4,
garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida
para todos; y el ODS 8, promover el crecimiento económico y sostenible, el empleo y el trabajo decente. Todo ello sin olvidar
que el deporte, como pilar fundamental del desarrollo sostenible, desempeña un papel transversal en todos los ODS, siendo
un elemento impulsor y facilitador de la consecución de estos objetivos.
Estas líneas de actuación de fomento y de promoción del deporte persiguen una mejora de la programación deportiva en la
provincia, aplicando los objetivos, criterios y valores del Plan estratégico provincial de dinamización deportiva 2024-2027 en
el que se enmarca esta acción subvencional del Área de Cultura, Deportes y Juventud, para conseguir situar las necesidades
e intereses de los ciudadanos en el centro de las políticas deportivas de la entidad.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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