Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05885/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 5885/2024

posibilita al beneficiario a devolver, con carácter voluntario y sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de ésta, de acuerdo con la situación de su
expediente.
Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación: ES03 3009 0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura).
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Base 13. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.

Información sobre protección de datos
Responsable

Diputación
Provincial de
Badajoz

C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071 Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

Finalidad del tratamiento

Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a deportistas de élite de la provincia de Badajoz para el 2025

Legitimación del tratamiento

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz

Destinatarios de cesiones o
transferencias

No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial

Derechos de los interesados

Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros

Información adicional

www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente al Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Excma.
Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley general de
subvenciones, la Ordenanza provincial de subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la
Ley General de Subvenciones, se aprueba de forma conjunta a las bases reguladoras, la convocatoria y la
aprobación del gasto, que desarrollará el procedimiento para la concesión de las subvenciones.
Tercera.- A fin de posibilitar la presentación de las solicitudes a que se refiere las presentes bases a través del
registro electrónico ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz, al amparo de lo establecido en
la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y de registro electrónico de la
Diputación de Badajoz y sus organismos dependientes (BOP número 9, de 15 de enero de 2021) se procede a
la aprobación de los modelos de documentos telemáticos que se relacionan para posibilitar su remisión por
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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