Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05882/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5882/2024
convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 15 de noviembre, General
de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz, a fecha de firma electrónica.
El Presidente, P.D. el Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (Decreto 10/4/2024, BOP 11/4/2024), firmado,
Ricardo Cabezas Martín.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de 2 meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTIVIDADES
DEPORTIVAS DURANTE EL AÑO 2025
En concordancia con el Plan estratégico provincial de dinamización deportiva 2024-2027 de la Diputación de Badajoz, los
planes estratégicos de subvenciones que anualmente elabora la Diputación de Badajoz y de conformidad con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, el Área de Cultura, Deportes y Juventud ha
establecido unas líneas generales de fomento y promoción para la coordinación y realización de las acciones deportivas de
la Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la provincia, con lo que se persigue una mejora de
la calidad de la programación deportiva en la provincia y una mayor participación del tejido asociativo provincial en la
gestión de los programas deportivos patrocinados por la Diputación de Badajoz.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de los objetivos recogidos en el I Plan estratégico provincial de dinamización
deportiva 2024-2027 y de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en relación a "la
cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las
competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Al mismo tiempo, esta acción contribuye a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, alineada
principalmente con el ODS 3, garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades; ODS 4,
garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida
para todos; y el ODS 8, promover el crecimiento económico y sostenible, el empleo y el trabajo decente. Todo ello sin olvidar
que el deporte, como pilar fundamental del desarrollo sostenible, desempeña un papel transversal en todos los ODS, siendo
un elemento impulsor y facilitador de la consecución de estos objetivos.
Estas líneas de actuación de fomento y promoción del deporte persiguen mejorar la programación deportiva en la provincia
y la mayor participación de las asociaciones en la gestión de los programas deportivos patrocinados por la Diputación de
Badajoz, aplicando los objetivos, criterios y valores del Plan estratégico provincial de dinamización deportiva 2024-2027 en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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convocadas en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios generales de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y su tramitación anticipada conforme a lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 15 de noviembre, General
de Subvenciones.
Quinto.- Dar traslado de la presente resolución al Pleno de la Corporación Provincial, en la próxima sesión
ordinaria que se celebre y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia y Base de Datos Nacional de
Subvenciones, para garantizar su divulgación, facilitar su conocimiento y cumplir con la normativa vigente y
aplicable al efecto.
Lo dispone así el Presidente de la Diputación de Badajoz, a fecha de firma electrónica.
El Presidente, P.D. el Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (Decreto 10/4/2024, BOP 11/4/2024), firmado,
Ricardo Cabezas Martín.
Por el Secretario General, Enrique Pedrero Balas, se toma razón, para su transcripción al libro electrónico de resoluciones, y
a los solos efectos de garantizar la integridad, autenticidad, calidad, confidencialidad, protección y conservación de los
ficheros electrónicos correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2, e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de
marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, o directamente recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de 2 meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 8.1, 14, 25.1 y 46.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse
cualquier otro recurso que se estime procedente.
BASES ESPECÍFICAS CON CONVOCATORIA REGULADORAS DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ DESTINADAS
A LAS ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTIVIDADES
DEPORTIVAS DURANTE EL AÑO 2025
En concordancia con el Plan estratégico provincial de dinamización deportiva 2024-2027 de la Diputación de Badajoz, los
planes estratégicos de subvenciones que anualmente elabora la Diputación de Badajoz y de conformidad con la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, así como la Ordenanza general de subvenciones de esta entidad, el Área de Cultura, Deportes y Juventud ha
establecido unas líneas generales de fomento y promoción para la coordinación y realización de las acciones deportivas de
la Diputación de Badajoz destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la provincia, con lo que se persigue una mejora de
la calidad de la programación deportiva en la provincia y una mayor participación del tejido asociativo provincial en la
gestión de los programas deportivos patrocinados por la Diputación de Badajoz.
Esta acción de fomento se enmarca dentro de los objetivos recogidos en el I Plan estratégico provincial de dinamización
deportiva 2024-2027 y de las competencias propias que el artículo 36.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, atribuye a las diputaciones y en concreto a lo que dispone el apartado d) en relación a "la
cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación del territorio provincial, de acuerdo con las
competencias de las demás administraciones públicas en este ámbito".
Al mismo tiempo, esta acción contribuye a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, alineada
principalmente con el ODS 3, garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades; ODS 4,
garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad, y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida
para todos; y el ODS 8, promover el crecimiento económico y sostenible, el empleo y el trabajo decente. Todo ello sin olvidar
que el deporte, como pilar fundamental del desarrollo sostenible, desempeña un papel transversal en todos los ODS, siendo
un elemento impulsor y facilitador de la consecución de estos objetivos.
Estas líneas de actuación de fomento y promoción del deporte persiguen mejorar la programación deportiva en la provincia
y la mayor participación de las asociaciones en la gestión de los programas deportivos patrocinados por la Diputación de
Badajoz, aplicando los objetivos, criterios y valores del Plan estratégico provincial de dinamización deportiva 2024-2027 en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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