Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06039/2024)
Resolución de convocatorias de ayudas para deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2024
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Ayuntamiento de Mérida
Anuncio 6039/2024
Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniese los requisitos establecidos, se concederá un
plazo de 10 días hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ordenanza General de
Subvenciones Municipal, para que las personas o entidades interesadas subsanen el defecto o aporten la
documentación preceptiva, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 8 de marzo de 2024, se procedió
de conformidad con lo previsto en el punto séptimo de las bases reguladoras de la concesión de ayudas, la
constitución de la Comisión de Valoración y determinación de su composición, a los efectos de verificar los
requisitos subjetivos y objetivos para la concesión de las ayudas, valorar los méritos de conformidad con los
criterios de distribución de puntuación previstos en el resuelvo noveno y proponer la cuantificación de la
ayuda concedida.
Séptimo.- La Delegación de Deportes a la vista de las solicitudes presentadas, emite informe de fecha 31 de
octubre de 2024, elevándolo a la Comisión de Valoración a los efectos oportunos. La Comisión de Valoración
emite acta de evaluación y propuesta, a los efectos de que se dicte la resolución provisional, de fecha 5 de
octubre 2024, recogiendo los extremos previstos en la convocatoria, elevándolo al órgano delegado.
Se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, Boletín número 219, anuncio 5434/2024 miércoles,
13 de noviembre de 2024, en que se notifica la resolución provisional de las solicitudes presentadas en la
convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2024.
Octavo.- La Delegación de Deportes a la vista de las solicitudes de subsanación y alegaciones presentadas,
emite informe de fecha 29 de noviembre de 204, elevándolo a la Comisión de Valoración a los efectos
oportunos, siendo este acogido por la Comisión de Valoración, que emite acta de evaluación y propuesta a los
efectos de que se dicte resolución definitiva, de fecha 29 de noviembre de 2024, la cual fue elevada al órgano
delegado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 8 de marzo de 2024, se
aprueban las bases de la convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses
de 2024.
Segundo.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz 20 de marzo de 2024, se publica en el BOP anuncio
1110/2024, se publican las bases reguladoras y convocatorias para la concesión de ayudas a deportistas y
entidades deportivas emeritenses en el año 2024.
Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto primero de la mencionada convocatoria, el
procedimiento de concesión se realizará mediante concurrencia competitiva, en régimen de convocatoria
abierta, ajustándose a lo previsto en el artículo 22 de Ley General de Subvenciones y artículo 14 de la
Ordenanza general de subvenciones.
Cuarto.- La citada orden de convocatoria de 20 de marzo de 2024, dispone que la convocatoria que la regula
se regirá, en lo no previsto en la misma, en La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura publicado en el DOE
en el número 59 del 25 de marzo de 2011 y la Ordenanza General de Subvenciones publicado en el BOP de
Badajoz en el anuncio número 5852 del boletín número 117 del 22 de junio de 2010, en aquello que no se
oponga o contradiga a los preceptos de carácter básico que se recogen en la citada Ley General de
Subvenciones.
De acuerdo con esta normativa, compete la resolución de este procedimiento de concesión mediante
concurrencia competitiva, a la Junta de Gobierno Local u Órgano Delegado, a propuesta de la Comisión de
Valoración creada al respecto. La composición del órgano colegiado será la que establezcan las
correspondientes bases reguladora.
Quinto.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 8 de marzo de 2024, se
procedió de conformidad con lo previsto en el punto séptimo de las bases reguladoras de la concesión de
ayudas, se aprueba la delegación de las firmas de las resoluciones de la convocatoria de ayudas en el Concejal
Delegado de Deportes, y la designación de las personas que componen el órgano colegiado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniese los requisitos establecidos, se concederá un
plazo de 10 días hábiles, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ordenanza General de
Subvenciones Municipal, para que las personas o entidades interesadas subsanen el defecto o aporten la
documentación preceptiva, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición,
previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 8 de marzo de 2024, se procedió
de conformidad con lo previsto en el punto séptimo de las bases reguladoras de la concesión de ayudas, la
constitución de la Comisión de Valoración y determinación de su composición, a los efectos de verificar los
requisitos subjetivos y objetivos para la concesión de las ayudas, valorar los méritos de conformidad con los
criterios de distribución de puntuación previstos en el resuelvo noveno y proponer la cuantificación de la
ayuda concedida.
Séptimo.- La Delegación de Deportes a la vista de las solicitudes presentadas, emite informe de fecha 31 de
octubre de 2024, elevándolo a la Comisión de Valoración a los efectos oportunos. La Comisión de Valoración
emite acta de evaluación y propuesta, a los efectos de que se dicte la resolución provisional, de fecha 5 de
octubre 2024, recogiendo los extremos previstos en la convocatoria, elevándolo al órgano delegado.
Se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, Boletín número 219, anuncio 5434/2024 miércoles,
13 de noviembre de 2024, en que se notifica la resolución provisional de las solicitudes presentadas en la
convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses del año 2024.
Octavo.- La Delegación de Deportes a la vista de las solicitudes de subsanación y alegaciones presentadas,
emite informe de fecha 29 de noviembre de 204, elevándolo a la Comisión de Valoración a los efectos
oportunos, siendo este acogido por la Comisión de Valoración, que emite acta de evaluación y propuesta a los
efectos de que se dicte resolución definitiva, de fecha 29 de noviembre de 2024, la cual fue elevada al órgano
delegado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 8 de marzo de 2024, se
aprueban las bases de la convocatoria de ayudas destinadas a deportistas y entidades deportivas emeritenses
de 2024.
Segundo.- En el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz 20 de marzo de 2024, se publica en el BOP anuncio
1110/2024, se publican las bases reguladoras y convocatorias para la concesión de ayudas a deportistas y
entidades deportivas emeritenses en el año 2024.
Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en el punto primero de la mencionada convocatoria, el
procedimiento de concesión se realizará mediante concurrencia competitiva, en régimen de convocatoria
abierta, ajustándose a lo previsto en el artículo 22 de Ley General de Subvenciones y artículo 14 de la
Ordenanza general de subvenciones.
Cuarto.- La citada orden de convocatoria de 20 de marzo de 2024, dispone que la convocatoria que la regula
se regirá, en lo no previsto en la misma, en La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura publicado en el DOE
en el número 59 del 25 de marzo de 2011 y la Ordenanza General de Subvenciones publicado en el BOP de
Badajoz en el anuncio número 5852 del boletín número 117 del 22 de junio de 2010, en aquello que no se
oponga o contradiga a los preceptos de carácter básico que se recogen en la citada Ley General de
Subvenciones.
De acuerdo con esta normativa, compete la resolución de este procedimiento de concesión mediante
concurrencia competitiva, a la Junta de Gobierno Local u Órgano Delegado, a propuesta de la Comisión de
Valoración creada al respecto. La composición del órgano colegiado será la que establezcan las
correspondientes bases reguladora.
Quinto.- Por la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 8 de marzo de 2024, se
procedió de conformidad con lo previsto en el punto séptimo de las bases reguladoras de la concesión de
ayudas, se aprueba la delegación de las firmas de las resoluciones de la convocatoria de ayudas en el Concejal
Delegado de Deportes, y la designación de las personas que componen el órgano colegiado.
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