Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05895/2024)
Extracto de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5895/2024
la sede electrónica de la Diputación de Badajoz https://sede.dip-badajoz.es:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. En "Trámites por delegaciones" seleccionar "Cultura, Deportes y Juventud".
3. Seleccionar el trámite "Solicitud de ampliación de plazo de ejecución y/o de justificación
de subvención de convocatorias de concurrencia competitiva".
g) Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el órgano
administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15
días sea presentada. La falta de presentación de la justificación o la incorrección de la misma,
en este plazo, llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas
en la Ley General de Subvenciones.
Base 11. Publicidad e interpretación.
Las presentes bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, por conducto de la Base
de Datos Nacional de Subvenciones y en la web de la Diputación Provincial de Badajoz, en la dirección:
https://www.dip-badajoz.es/bop/index.phppara general conocimiento de los interesados.
Base 12. Indicadores de resultado y de actividad.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultados y actividad que deberán incluirse en la tabla que se incorpora al
anexo V que ha de presentarse con la justificación técnica a la que se refiere la base 10:
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
Número de beneficiarios del proyecto, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
Base 13. Control, reintegro y sanciones.
Para las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones, las presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1
de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de dicha Ley.
Base 14. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente a la Área de Cultura, Deportes y Juventud de la
Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (Decreto
10/4/2024, BOP 11/4/2024), Ricardo Cabezas Martín.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. En "Trámites por delegaciones" seleccionar "Cultura, Deportes y Juventud".
3. Seleccionar el trámite "Solicitud de ampliación de plazo de ejecución y/o de justificación
de subvención de convocatorias de concurrencia competitiva".
g) Requerimiento de justificación.
Transcurrido el plazo de justificación, sin haberse presentado la misma, el órgano
administrativo competente requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15
días sea presentada. La falta de presentación de la justificación o la incorrección de la misma,
en este plazo, llevará consigo la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas
en la Ley General de Subvenciones.
Base 11. Publicidad e interpretación.
Las presentes bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, por conducto de la Base
de Datos Nacional de Subvenciones y en la web de la Diputación Provincial de Badajoz, en la dirección:
https://www.dip-badajoz.es/bop/index.phppara general conocimiento de los interesados.
Base 12. Indicadores de resultado y de actividad.
Se considerarán los siguientes indicadores de resultados y actividad que deberán incluirse en la tabla que se incorpora al
anexo V que ha de presentarse con la justificación técnica a la que se refiere la base 10:
Localidades beneficiadas por el área de influencia del proyecto realizado.
Número de beneficiarios del proyecto, clasificados por sexo y edad.
Grado de cumplimiento de los objetivos específicos del proyecto.
Base 13. Control, reintegro y sanciones.
Para las acciones de control y los supuestos de reintegro y sanciones, las presentes bases se regirán por la Ley 38/2003, de 1
de noviembre, General de Subvenciones, así como por el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de dicha Ley.
Base 14. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
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de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente a la Área de Cultura, Deportes y Juventud de la
Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD Diputado Delegado de Cultura, Deportes y Juventud (Decreto
10/4/2024, BOP 11/4/2024), Ricardo Cabezas Martín.
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