Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05913/2024)
Extracto de las bases específicas con convocatoria abierta reguladora de la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de dinamización deportiva 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Cultura, Deportes y Juventud
Badajoz
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Extracto de las bases específicas con convocatoria abierta reguladora de la concesión de subvenciones a municipios y
entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de dinamización deportiva 2025

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA ABIERTA DE SUBVENCIONES A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA
PROVINCIA DE BADAJOZ PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE DINAMIZACIÓN DEPORTIVA 2025 DE LA DIPUTACIÓN DE
BADAJOZ
BDNS (Identif.): 800622
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/800622).
Bases específicas con convocatoria reguladoras de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y
entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de dinamización deportiva 2025.
Base 1. Objeto.
El objeto de estas bases es establecer las normas específicas en el marco de la Ordenanza general de subvenciones de esta
Diputación, para regular el acceso a subvenciones públicas de los municipios y entidades locales menores de la provincia de
Badajoz para la realización del Programa de dinamización deportiva del Área de Cultura, Deportes y Juventud de la
Diputación de Badajoz durante el año 2025. Con cargo a este programa cada localidad podrá celebrar dos actividades
deportivas desde el día 1 de enero de 2025 hasta el día 20 de noviembre de 2025.
Base 2. Dotación presupuestaria.
La cuantía total máxima destinada a las subvenciones incluidas en esta convocatoria asciende a trescientos veintiséis mil
euros (326.000,00 €).
Base 3. Requisitos para obtener la condición de beneficiario.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que
no estén incursos en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Base 4. Cantidades a subvencionar.
Cada uno de los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz podrá solicitar dos subvenciones para la
celebración de dos actividades deportivas concretas y diferenciadas, a realizarse durante una o varias jornadas. La cantidad
máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 900,00 € (impuestos incluidos en su caso).
Base 5. Solicitudes, plazos y procedimiento.
Cada localidad podrá celebrar dos actividades deportivas desde el día 1 de enero de 2025 hasta día 20 de noviembre de
2025. Celebradas las actividades, abonarán la/s factura/s correspondientes a los gastos contratados y realizados.
1.- Los municipios y entidades locales menores deberán enviar cumplimentado y por cada una de las actividades, con al
menos 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración de las mismas, el modelo que figura en el anexo I de la
convocatoria en el que se incluyen los datos relativos a la actividad a realizar, día, hora, lugar de celebración y presupuesto
detallado de gastos.
Las comunicaciones de la/s actividad/es a realizar (anexo I) podrán presentarse a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La comunicación de cada actividad se tramitará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede
electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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