Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05884/2024)
Bases específicas con convocatoria abierta reguladora de la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Deportiva 2025 de la Diputación de Badajoz
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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Base 4. Cantidades a subvencionar.
Cada uno de los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz podrá solicitar 2 subvenciones para la
celebración de 2 actividades deportivas concretas y diferenciadas, a realizarse durante una o varias jornadas. La cantidad
máxima a subvencionar por cada actividad ascenderá a 900,00 euros (impuestos incluidos en su caso).
Base 5. Solicitudes, plazos y procedimiento.
Cada localidad podrá celebrar 2 actividades deportivas desde el día 1 de enero de 2025 hasta día 20 de noviembre de 2025.
Celebradas las actividades, abonarán la/s factura/s correspondientes a los gastos contratados y realizados.
1.- Los municipios y entidades locales menores deberán enviar cumplimentado y por cada una de las
actividades, con al menos 15 días naturales de antelación a la fecha de celebración de las mismas, el modelo
que figura en el anexo I de la convocatoria en el que se incluyen los datos relativos a la actividad a realizar,
día, hora, lugar de celebración y presupuesto detallado de gastos.
El Área de Cultura, Deportes y Juventud enviará al Ayuntamiento mediante correo electrónico la cartelería
relativa al Programa para su difusión en la localidad. No se admitirán solicitudes de subvención para aquellas
actividades celebradas que no hubieran sido objeto de esta comunicación previa dirigida al Área de Cultura,
Deportes y Juventud.
Las comunicaciones de la/s actividad/es a realizar (anexo I) podrán presentarse a partir del día siguiente al de
la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La comunicación de cada actividad se tramitará exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la
sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ordenanza reguladora del
Procedimiento Administrativo Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y sus
entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021), no admitiéndose ninguna
solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio.
El acceso al registro electrónico deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local.
Los pasos a seguir para realizar el acceso son:
1. Entrar en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/.
2. Trámites entidades locales y AA.PP.
3. En trámites por delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
4. Seleccionar el trámite comunicación de actividad a realizar acogida al Programa de
Dinamización Deportiva 2025.
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad local.
6. Cumplimentar los datos correspondiente a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la comunicación de actividad.
8. Verificar los datos del interesado y representante y la comunicación de actividad.
9. Firmar y finalizar.
2.- Una vez celebrada la actividad y abonada la/s factura/s correspondiente/s, deberán enviar cumplimentada,
y por cada una de las 2 actividades, la documentación que a continuación se relaciona:
Solicitud de subvención conforme al anexo II.
Declaración responsable según modelo del anexo III.
Certificación del Secretario/Secretario-Interventor de la entidad, con el V.º B.º del Alcalde, en la que se
haga constar que se ha efectuado el pago efectivo de la/s factura/s, la fecha en la que se realizó dicho
pago y que no se dispone de ninguna otra subvención destinada a dicha actividad que sumada a la de
Diputación de Badajoz exceda del importe total de la misma, según modelo del anexo IV.
Factura/s abonada/s.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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