Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (06027/2024)
Resolución de concesión de subvenciones del Plan de Inversiones en Grandes Ciudades de la provincia de Badajoz para el ejercicio 2024
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Badajoz
Anuncio 6027/2024
Resolución de concesión de subvenciones del Plan de Inversiones en Grandes Ciudades de la provincia de Badajoz para
el ejercicio 2024

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL PLAN DE INVERSIONES EN GRANDES CIUDADES DE LA PROVINCIA DE
BADAJOZ PARA EL EJERCICIO 2024
ANTECEDENTES
Primero.- Mediante decreto de 9 de octubre de 2024 (anuncio 4863/2024 del Boletín Oficial de la Provincia número 204 de
fecha 22 de octubre de 2024), se aprobaron las bases reguladoras para la convocatoria del Plan de Inversiones en Grandes
Ciudades de la provincia de Badajoz para el ejercicio 2024.
El Plan Provincial de "Grandes Ciudades", creado por acuerdo plenario de fecha 28 de junio de 2024, de conformidad con lo
establecido en la base 42 del presupuesto para el ejercicio 2024 de la Diputación Provincial de Badajoz, se constituye como
un elemento vertebrador de las diferentes políticas públicas en el territorio provincial, puesto que contribuye, de forma
decisiva, a dar cumplimiento a pilares básicos del presente mandato, como son, la garantía de la prestación de servicios
públicos básicos a los municipios, la vertebración territorial, la lucha contra la despoblación y la cohesión social con el
objetivo de afrontar la recuperación y la transformación de nuestros municipios.
En concreto, contribuye de forma decisiva a dar cumplimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenible número 8 sobre
"Trabajo digno y crecimiento económico", especialmente, mediante la puesta en marcha de medidas para la activación del
empleo local y al número 11 de "Ciudades y comunidades sostenibles" que suponen un apoyo nítido a las infraestructuras y
a los servicios públicos básicos que se prestan en estos municipios.
La creación de este nuevo Plan Provincial viene motivada por la necesidad de dotar a los grandes municipios de la provincia
de los medios y recursos necesarios que les permitan crear, complementar, reforzar o mantener sus inversiones, en los
ámbitos de mayor proyección dotacional y de los que se benefician los habitantes de todos los municipios de la provincia.
Concretamente, el presente Plan, habilita la posibilidad de ejecutar inversiones en obra civil, que se han revelado como un
auténtico motor de nuestra economía, puesto que recientes estudios han puesto de manifiesto que por cada millón de
euros que se invierte en obra civil, genera 780.571,00 euros en el PIB, 12 empleos y, 263.366,00 euros de retorno fiscal.
Asimismo, señalar que la ejecución de actuaciones en obra civil es un pilar fundamental para cumplir los Objetivos de
Desarrollo Sostenible, entre las que podemos señalar las actuaciones en infraestructuras relacionadas con actividades
culturales, cascos históricos, el ciclo integral del agua, transportes, energía o infraestructuras de equipamiento público, entre
otras.
Segundo.- De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, la cuantía total máxima de la aportación provincial del Plan asciende a 5.000.000,00 euros (cinco millones de
euros), debiendo las entidades realizar aportaciones en concepto de corresponsabilidad, siendo los importes iniciales los
que se indican a continuación:

Entidad beneficiaria

Aportación Diputación

Aportación Ayuntamiento

Total

Badajoz

1.000.000,00 €

1.000.000,00 €

2.000.000,00 €

Mérida

1.000.000,00 €

800.000,00 €

1.800.000,00 €

Almendralejo

1.000.000,00 €

600.000,00 €

1.600.000,00 €

Don Benito

1.000.000,00 €

600.000,00 €

1.600.000,00 €

Villanueva de la Serena

1.000.000,00 €

600.000,00 €

1.600.000,00 €

5.000.000,00 €

3.600.000,00 €

8.600.000,00 €

Total:

Tercero.- Transcurrido el plazo de 10 días hábiles para la presentación de las solicitudes a partir del día siguiente al de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y conforme a lo establecido en la base 10 de
la convocatoria de subvenciones, se ha procedido por el órgano instructor a analizar las 5 solicitudes presentadas,
verificándose al final de dicho proceso el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la condición de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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