Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Centro. Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo (Calamonte). (06017/2024)
Bolsa de trabajo de Fontanero
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Corporación de Servicios Públicos de Cornalvo

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d) Curriculum vitae.
Los documentos originales se exigirán solo a las personas aspirantes que formen parte de la bolsa de empleo constituida al
efecto.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten mediante fotocopia, sin
perjuicio de aportar los originales cuando sean requeridos para ello.
El plazo de presentación de solicitudes será de (10) diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de
publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases, para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Sexta.- Lista provisional y definitiva.
Publicación lista provisional: Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Señor Presidente de la Corporación
de Servicios Públicos de Cornalvo dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas, y causas que han motivado la exclusión.
Dicha lista se hará pública en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de Municipios Centro, concediéndose
un plazo de (5) cinco días hábiles desde el día siguiente a su publicación, a los efectos de subsanación de errores u
omisiones, así como de presentación de posibles reclamaciones de los interesados.
Publicación lista definitiva: Finalizado el plazo de reclamaciones, la Presidencia dictará resolución aprobando la lista
definitiva de admitidos y excluidos, la composición del Tribunal Calificador, así como lugar y hora de celebración del
primer ejercicio de la fase de oposición, que será publicada en la sede electrónica de la Mancomunidad Integral de
Municipios Centro.
Séptima.- Tribunal Calificador.
El Tribunal de Selección estará formado por cinco miembros, entre los que deberá figurar un Presidente, un Secretario y tres
vocales, debiendo poseer todos ellos un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido.
Composición del Tribunal de Selección:
Presidente: Un empleado público de la Mancomunidad Integral Municipios Centro.
Vocales: Tres vocales nombrados por la Presidencia de la Corporación de Servicios de Cornalvo.
Secretario-Vocal: El secretario de la Corporación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y del Secretario, o de quienes, en su caso las
sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus componentes.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando en ellos se den cualquiera de las
circunstancias previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP/2015),así como
también cuando hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
Asimismo, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el mismo texto legal.
El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo previsto en las bases.
Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en las citadas normas (Ley 39/2015 y ley 40/2015, de 1
de octubre).
Octava.- Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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