Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05962/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la reactivación de la economía local 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 5962/2024
relación con la actividad subvencionada.
i. De la misma forma, deberán disponer de una memoria aclarativa de dichos gastos. En ningún caso, se
admitirán importes justificativos resultantes de dichas facturas por encima de los importes a los que hace
referencia el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, del
personal de la Administración Pública.
j. En relación a los gastos de desplazamientos, en el caso que se realicen con vehículo propio, y se justifique
mediante facturas de combustible, se habrá de especificar en ellas el motivo del viaje y los desplazados. En
ningún caso se admitirá como justificante un importe superior al resultado de multiplicar el n.º de Kilómetros
al importe aplicado a los desplazamientos en la Administración.
k. En el caso de desplazamientos justificados por vehículos colectivos, tales como autobuses, se deberá
especificar en la factura, el motivo de dicho desplazamiento, y el n.º de viajeros así como su relación con la
Entidad beneficiaria.
Base 6. Criterios de adjudicación.
Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base número 3, hayan
obtenido una mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a continuación, y siempre teniendo como
límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por proyecto.
Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de los criterios
siguientes:
CRITERIOS DE VALORACIÓN – VALORACIÓN MÁXIMA 100 PUNTOS
A. Número de habitantes del municipio solicitante, según el último censo del padrón municipal, publicado por el
Instituto Nacional de Estadística. Se valorará hasta un máximo de..15 puntos.
A.1. Municipios hasta 5.000 habitantes: 15 puntos.
A.2. Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 10 puntos.
A.3. Municipios de 10.001 a 19.999 habitantes: 5 puntos.
B. Calidad del proyecto presentado. Se valorará hasta un máximo de 60 Puntos.
Se valorarán los siguientes aspectos del proyecto:
B.1. Coherencia entre las necesidades detectadas, objetivos fijados, acciones propuestas, temporalización y
presupuestos reflejados: Hasta 40 puntos.
B.1.1. Desarrollo del proyecto. Se valorará que el mismo esté suficientemente desarrollado y
cumplimentado en todos sus apartados, así como que conste de un buen estudio de
antecedentes, diagnóstico de desarrollo previo y justificación de la propuesta, objetivos
generales y específicos, etc. adecuándose a las necesidades de la localidad a las que se destina.
(Máximo 15 puntos):
B.1.1.1. Desarrollo del proyecto. Hasta 5 puntos, según el siguiente desglose:
- Si el proyecto está suficientemente desarrollado y cumplimentado en todos los
apartados contemplados en el Formulario de identificación del proyecto – anexo
III-A. (5 puntos).
- Si el proyecto NO está suficientemente desarrollado y cumplimentado en todos
los apartados contemplados en el Formulario de identificación del proyecto –
anexo III-A. (2 puntos).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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relación con la actividad subvencionada.
i. De la misma forma, deberán disponer de una memoria aclarativa de dichos gastos. En ningún caso, se
admitirán importes justificativos resultantes de dichas facturas por encima de los importes a los que hace
referencia el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, del
personal de la Administración Pública.
j. En relación a los gastos de desplazamientos, en el caso que se realicen con vehículo propio, y se justifique
mediante facturas de combustible, se habrá de especificar en ellas el motivo del viaje y los desplazados. En
ningún caso se admitirá como justificante un importe superior al resultado de multiplicar el n.º de Kilómetros
al importe aplicado a los desplazamientos en la Administración.
k. En el caso de desplazamientos justificados por vehículos colectivos, tales como autobuses, se deberá
especificar en la factura, el motivo de dicho desplazamiento, y el n.º de viajeros así como su relación con la
Entidad beneficiaria.
Base 6. Criterios de adjudicación.
Los proyectos subvencionados serán aquellos que, reuniendo los requisitos establecidos en la base número 3, hayan
obtenido una mayor valoración en la aplicación de los criterios que se exponen a continuación, y siempre teniendo como
límite la cuantía total del crédito presupuestario asignado en la convocatoria y el individual por proyecto.
Las propuestas se evaluarán individualmente hasta un máximo de 100 puntos distribuidos sobre la base de los criterios
siguientes:
CRITERIOS DE VALORACIÓN – VALORACIÓN MÁXIMA 100 PUNTOS
A. Número de habitantes del municipio solicitante, según el último censo del padrón municipal, publicado por el
Instituto Nacional de Estadística. Se valorará hasta un máximo de..15 puntos.
A.1. Municipios hasta 5.000 habitantes: 15 puntos.
A.2. Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes: 10 puntos.
A.3. Municipios de 10.001 a 19.999 habitantes: 5 puntos.
B. Calidad del proyecto presentado. Se valorará hasta un máximo de 60 Puntos.
Se valorarán los siguientes aspectos del proyecto:
B.1. Coherencia entre las necesidades detectadas, objetivos fijados, acciones propuestas, temporalización y
presupuestos reflejados: Hasta 40 puntos.
B.1.1. Desarrollo del proyecto. Se valorará que el mismo esté suficientemente desarrollado y
cumplimentado en todos sus apartados, así como que conste de un buen estudio de
antecedentes, diagnóstico de desarrollo previo y justificación de la propuesta, objetivos
generales y específicos, etc. adecuándose a las necesidades de la localidad a las que se destina.
(Máximo 15 puntos):
B.1.1.1. Desarrollo del proyecto. Hasta 5 puntos, según el siguiente desglose:
- Si el proyecto está suficientemente desarrollado y cumplimentado en todos los
apartados contemplados en el Formulario de identificación del proyecto – anexo
III-A. (5 puntos).
- Si el proyecto NO está suficientemente desarrollado y cumplimentado en todos
los apartados contemplados en el Formulario de identificación del proyecto –
anexo III-A. (2 puntos).
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