Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05962/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidas a la reactivación de la economía local 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

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documentación gráfica o análoga: 5% del importe concedido.
Pago fuera de plazo: Si el pago se realizó con una demora superior a 30 días desde el vencimiento del plazo máximo
para realizar el mismo: reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el reintegro parcial del 5% del importe de
la subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la ley General de Subvenciones posibilita al beneficiario a devolver
con carácter voluntario, sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda concedida y cobrada, ya sea el importe total
de la subvención o una parte de ésta, de acuerdo con la situación de su expediente.
Para ello deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación de Caja Rural de Extremadura ES03 3009 0001 2025 4550 4629.
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Base 14. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales y Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Diputación
Provincial de
Badajoz

C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071 Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es

Finalidad del tratamiento

Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a Ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de
Badajoz para la realización de planes, proyectos o actuaciones municipales
dirigidos a la reactivación de la economía local durante el año 2025.

Legitimación del tratamiento

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.

Destinatarios de cesiones o
transferencias

No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los interesados

Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación
u oposición, así como otros.

Información adicional

www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente a la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, calle
Felipe Checa, 23, 06071 Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Disposiciones adicionales.
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley
de Subvenciones, la Ordenanza provincial de subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
Segunda.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ordenanza general de subvenciones, y 23 de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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