Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (05972/2024)
Resolución del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones para el tercer plan de control de mosquitos 2024 en la zona de las Vegas Altas del Guadiana
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Delegación de Transición Ecológica
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Delegación de Transición Ecológica
Badajoz
Anuncio 5972/2024
Resolución del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones para el tercer plan
de control de mosquitos 2024 en la zona de las Vegas Altas del Guadiana
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES
LOCALES MENORES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES PARA EL TERCER PLAN DE CONTROL DE MOSQUITOS (2024) EN LA
ZONA DE LAS VEGAS ALTAS DEL GUADIANA
RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES
Visto el informe propuesta del Director del Área de Transición Ecológica (Presidente de la Comisión de Valoración de la
convocatoria de subvenciones referida en el epígrafe) de conformidad con el acta de la misma, y en atención a los siguientes
FUNDAMENTOS DE HECHO
Primero: Con fecha 18 de octubre de 2024 (BOP número 206, de 24 de octubre de 2024) se aprueban las
bases específicas y la convocatoria de las subvenciones referidas.
Segundo: Dentro del plazo señalado se reciben 13 solicitudes de subvención, extremo contrastado con los
informes emitidos al efecto por la Secretaría General de Diputación.
Tercero: Examinada por el órgano instructor la documentación presentada por los ayuntamientos y entidades
locales menores solicitantes, se observa que todos hacen constar en la solicitud, que cumplen con los
requisitos para ser beneficiario de las subvenciones establecidos en la base 3.
Cuarto: Tras esas actuaciones, con fecha 29 de noviembre se reúne la Comisión de Valoración para la
evaluación y valoración definitiva de las solicitudes, a la vista de la documentación presentada por los
interesados y del informe de preevaluación emitido al efecto por el órgano instructor, que recoge todos los
aspectos referidos en el apartado 1 de la base 7 de la convocatoria.
Quinto: Con fecha 2 de diciembre de 2024, se emite informe de resultados, que hace suyo el informe de
preevaluación del órgano instructor, a favor de todas las solicitudes presentadas de conformidad con las
BASES de la convocatoria y por las cuantías que se especifican en el informe.
Sexto: Por último, con fecha 4 de diciembre 2024, se realiza por la Intervención provincial la fiscalización de
este acuerdo, sobre la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones, emitiendo un informe
de conformidad al respecto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: En el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), se establece
que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva. En concordancia con ello, en el Plan estratégico de subvenciones para 2023 de la Diputación de
Badajoz se dispone que, salvo en un reducido número de supuestos, que no concurren en la línea de ayudas
objeto de esta convocatoria, las subvenciones encuadradas en el Plan se otorgarán mediante dicho régimen.
Segundo: En el apartado 1 de la base 7 reguladora de la convocatoria se establece que la gestión e instrucción
de los expedientes se llevará a cabo por la Delegación de Transición Ecológica, que realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de
los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Tercero: El órgano competente para resolver es el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación, que emitirá
resolución en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes. Dicha competencia se encuentra delegada en el Vicepresidente tercero y Diputado Delegado
del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Decreto de 10 de abril de 2024. BOP número 69 de 11
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de control de mosquitos 2024 en la zona de las Vegas Altas del Guadiana
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES
LOCALES MENORES PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES PARA EL TERCER PLAN DE CONTROL DE MOSQUITOS (2024) EN LA
ZONA DE LAS VEGAS ALTAS DEL GUADIANA
RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES
Visto el informe propuesta del Director del Área de Transición Ecológica (Presidente de la Comisión de Valoración de la
convocatoria de subvenciones referida en el epígrafe) de conformidad con el acta de la misma, y en atención a los siguientes
FUNDAMENTOS DE HECHO
Primero: Con fecha 18 de octubre de 2024 (BOP número 206, de 24 de octubre de 2024) se aprueban las
bases específicas y la convocatoria de las subvenciones referidas.
Segundo: Dentro del plazo señalado se reciben 13 solicitudes de subvención, extremo contrastado con los
informes emitidos al efecto por la Secretaría General de Diputación.
Tercero: Examinada por el órgano instructor la documentación presentada por los ayuntamientos y entidades
locales menores solicitantes, se observa que todos hacen constar en la solicitud, que cumplen con los
requisitos para ser beneficiario de las subvenciones establecidos en la base 3.
Cuarto: Tras esas actuaciones, con fecha 29 de noviembre se reúne la Comisión de Valoración para la
evaluación y valoración definitiva de las solicitudes, a la vista de la documentación presentada por los
interesados y del informe de preevaluación emitido al efecto por el órgano instructor, que recoge todos los
aspectos referidos en el apartado 1 de la base 7 de la convocatoria.
Quinto: Con fecha 2 de diciembre de 2024, se emite informe de resultados, que hace suyo el informe de
preevaluación del órgano instructor, a favor de todas las solicitudes presentadas de conformidad con las
BASES de la convocatoria y por las cuantías que se especifican en el informe.
Sexto: Por último, con fecha 4 de diciembre 2024, se realiza por la Intervención provincial la fiscalización de
este acuerdo, sobre la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones, emitiendo un informe
de conformidad al respecto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: En el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), se establece
que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva. En concordancia con ello, en el Plan estratégico de subvenciones para 2023 de la Diputación de
Badajoz se dispone que, salvo en un reducido número de supuestos, que no concurren en la línea de ayudas
objeto de esta convocatoria, las subvenciones encuadradas en el Plan se otorgarán mediante dicho régimen.
Segundo: En el apartado 1 de la base 7 reguladora de la convocatoria se establece que la gestión e instrucción
de los expedientes se llevará a cabo por la Delegación de Transición Ecológica, que realizará de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de
los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Tercero: El órgano competente para resolver es el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación, que emitirá
resolución en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes. Dicha competencia se encuentra delegada en el Vicepresidente tercero y Diputado Delegado
del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Decreto de 10 de abril de 2024. BOP número 69 de 11
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