Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas" (Villanueva de la Serena). (05924/2024)
Bases de convocatoria para cubrir varios puestos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Integral de Servicios "La Serena-Vegas Altas"
Anuncio 5924/2024
24 horas.
6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, todos los anuncios sucesivos relacionados con la presente
convocatoria se harán públicos en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la página web:
www.laserenavegasaltas.org.
6.4. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causas de
fuerza mayor debidamente justificadas y apreciadas por los tribunales con absoluta libertad de criterio.
La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamada
determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluida, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima. Sistema de selección.
La selección de las personas aspirantes se efectuará por el sistema de oposición, que constará de los ejercicios establecidos
en el anexo III de estas bases.
Octava. Relación de personas aprobadas.
8.1. La calificación definitiva de los procesos selectivos vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en los 2 ejercicios de que consta la oposición. En caso de empate, se resolverá a favor de la persona
aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y, de persistir el empate, se decidirá
por sorteo.
8.2. Terminada la calificación de las personas aspirantes, los tribunales publicarán un anuncio que contendrá
las seleccionadas y elevarán dicha relación al señor presidente formulando la propuesta de contratación que
corresponda.
8.3. Asimismo, se habrá de constituir una bolsa de trabajo con las personas aspirantes que, habiendo
superado al menos la primera prueba, no hubieran superado el proceso selectivo. El orden de prelación
vendrá determinado por la puntuación obtenida en el mismo. Dicha bolsa podrá ser utilizada para efectuar
llamamientos por orden de colocación ante necesidades temporales de cobertura de los puestos objeto de la
presente convocatoria.
Novena. Presentación de documentos.
9.1. Las personas aspirantes propuestas para su contratación estarán obligadas a presentar, dentro del plazo
de 3 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas de aprobadas, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
9.2. Quienes, dentro del plazo indicado, no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser contratadas y quedarían anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud
de participación en el proceso selectivo. En estos casos, se efectuará la contratación de la persona aspirante
que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de puestos
convocados, a consecuencia de la referida anulación.
9.3. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o personal laboral fijo de una
Administración Pública estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del
Ministerio, Corporación u Organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicio.
Décima. Contratación.
10.1. Presentada la documentación por las personas interesadas y siendo esta conforme, se dictará
resolución autorizando su contratación.
10.2. Previamente a la formalización de los respectivos contratos, las personas seleccionadas deberán
someterse a una revisión médica en el lugar, fecha y hora en que sean citadas. La no presentación a la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, todos los anuncios sucesivos relacionados con la presente
convocatoria se harán públicos en el tablón de anuncios de la Mancomunidad y en la página web:
www.laserenavegasaltas.org.
6.4. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causas de
fuerza mayor debidamente justificadas y apreciadas por los tribunales con absoluta libertad de criterio.
La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamada
determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo y en los sucesivos,
quedando excluida, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima. Sistema de selección.
La selección de las personas aspirantes se efectuará por el sistema de oposición, que constará de los ejercicios establecidos
en el anexo III de estas bases.
Octava. Relación de personas aprobadas.
8.1. La calificación definitiva de los procesos selectivos vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en los 2 ejercicios de que consta la oposición. En caso de empate, se resolverá a favor de la persona
aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio y, de persistir el empate, se decidirá
por sorteo.
8.2. Terminada la calificación de las personas aspirantes, los tribunales publicarán un anuncio que contendrá
las seleccionadas y elevarán dicha relación al señor presidente formulando la propuesta de contratación que
corresponda.
8.3. Asimismo, se habrá de constituir una bolsa de trabajo con las personas aspirantes que, habiendo
superado al menos la primera prueba, no hubieran superado el proceso selectivo. El orden de prelación
vendrá determinado por la puntuación obtenida en el mismo. Dicha bolsa podrá ser utilizada para efectuar
llamamientos por orden de colocación ante necesidades temporales de cobertura de los puestos objeto de la
presente convocatoria.
Novena. Presentación de documentos.
9.1. Las personas aspirantes propuestas para su contratación estarán obligadas a presentar, dentro del plazo
de 3 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas de aprobadas, todos los
documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
9.2. Quienes, dentro del plazo indicado, no presentasen la documentación, o no reunieran los requisitos
exigidos, salvo causas de fuerza mayor, no podrán ser contratadas y quedarían anuladas todas las
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud
de participación en el proceso selectivo. En estos casos, se efectuará la contratación de la persona aspirante
que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la oposición, tuviera cabida en el número de puestos
convocados, a consecuencia de la referida anulación.
9.3. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o personal laboral fijo de una
Administración Pública estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo en este caso presentar certificación del
Ministerio, Corporación u Organismo público de que dependan, acreditando su condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicio.
Décima. Contratación.
10.1. Presentada la documentación por las personas interesadas y siendo esta conforme, se dictará
resolución autorizando su contratación.
10.2. Previamente a la formalización de los respectivos contratos, las personas seleccionadas deberán
someterse a una revisión médica en el lugar, fecha y hora en que sean citadas. La no presentación a la
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