Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez. (05912/2024)
Aprobación inicial del Reglamento orgánico y funcional del Ayuntamiento
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Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez
Anuncio 5912/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez
Puebla de Sancho Pérez (Badajoz)
Anuncio 5912/2024
Aprobación inicial del Reglamento orgánico y funcional del Ayuntamiento
APROBACIÓN INICIAL
Acuerdo del Pleno de fecha 28 de noviembre de 2024 del Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez por la que se aprueba
inicialmente el Reglamento Orgánico Municipal.
"REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE SANCHO PÉREZ
PREÁMBULO
El Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez, en cumplimiento del principio de autonomía local y en uso de las
potestades reglamentaria y de autoorganización otorgadas por el ordenamiento jurídico y, a tenor de lo establecido por los
artículos 4, 20.3 y 22.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 9 de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, aprueba el presente texto como
Reglamento Orgánico Municipal.
El Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez se estructura en
ochenta y ocho artículos divididos en cinco títulos, una disposición adicional, una disposición transitoria y una
disposición final.
El Título I recibe el nombre de disposiciones generales y se consagra a la definición del gobierno y
administración de esta Entidad Local, junto al reconocimiento de los derechos y deberes de los
corporativos/as que la conforman.
El Título II está dedicadoa la Constitución del Ayuntamiento y de los grupos políticos municipales. Este Título
regula los aspectos relativos a la conformación de los grupos políticos municipales, sus plazos de constitución,
funciones de sus portavoces, medios asignados para su funcionamiento, asignación económica a los mismos
y la Junta de Portavoces.
En el Título III, el presente Reglamento Orgánico Municipal regula las funciones de los órganos en los que se
compone este Ayuntamiento: Pleno, Alcaldía, Junta de Gobierno, los/las tenientes de Alcaldía, concejalías
delegadas, comisiones informativas, comisión especial de cuentas, Consejos sectoriales de asesoramiento y
participación y Organismo Autónomo.
El Título IV regula el funcionamiento de los órganos de Gobierno: Las sesiones ordinarias y extraordinarias,
sus convocatorias y orden del día, lugar de celebración y el desarrollo de las mismas.
El Título V, en un único artículo, especifica la obligatoriedad de la relación electrónica que los empleados
públicos propios con el Ayuntamiento.
Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido por la legislación y normativa estatal y autonómica para el Régimen Local.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con
ello la obligación de las administraciones públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Esta norma se crea ante la necesidad que esta Corporación detecta para, dentro de la potestad reglamentaria y de
autoorganización y en virtud del principiode autonomía local, adaptar, en la medida competencialmente posible, la
normativa en cuanto a sus órganos y su funcionamiento a la organización propia del Ayuntamiento de actuar de acuerdo
con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Esta norma se crea ante la necesidad que esta Corporación detecta para, dentro de la potestad reglamentaria y de
autoorganización y en virtud del principio de autonomía local, adaptar, en la medida competencialmente posible, la
normativa en cuanto a sus órganos y su funcionamiento a la organización propia del Ayuntamiento de Puebla de Sancho
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Puebla de Sancho Pérez (Badajoz)
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APROBACIÓN INICIAL
Acuerdo del Pleno de fecha 28 de noviembre de 2024 del Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez por la que se aprueba
inicialmente el Reglamento Orgánico Municipal.
"REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE SANCHO PÉREZ
PREÁMBULO
El Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez, en cumplimiento del principio de autonomía local y en uso de las
potestades reglamentaria y de autoorganización otorgadas por el ordenamiento jurídico y, a tenor de lo establecido por los
artículos 4, 20.3 y 22.a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 9 de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, aprueba el presente texto como
Reglamento Orgánico Municipal.
El Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Puebla de Sancho Pérez se estructura en
ochenta y ocho artículos divididos en cinco títulos, una disposición adicional, una disposición transitoria y una
disposición final.
El Título I recibe el nombre de disposiciones generales y se consagra a la definición del gobierno y
administración de esta Entidad Local, junto al reconocimiento de los derechos y deberes de los
corporativos/as que la conforman.
El Título II está dedicadoa la Constitución del Ayuntamiento y de los grupos políticos municipales. Este Título
regula los aspectos relativos a la conformación de los grupos políticos municipales, sus plazos de constitución,
funciones de sus portavoces, medios asignados para su funcionamiento, asignación económica a los mismos
y la Junta de Portavoces.
En el Título III, el presente Reglamento Orgánico Municipal regula las funciones de los órganos en los que se
compone este Ayuntamiento: Pleno, Alcaldía, Junta de Gobierno, los/las tenientes de Alcaldía, concejalías
delegadas, comisiones informativas, comisión especial de cuentas, Consejos sectoriales de asesoramiento y
participación y Organismo Autónomo.
El Título IV regula el funcionamiento de los órganos de Gobierno: Las sesiones ordinarias y extraordinarias,
sus convocatorias y orden del día, lugar de celebración y el desarrollo de las mismas.
El Título V, en un único artículo, especifica la obligatoriedad de la relación electrónica que los empleados
públicos propios con el Ayuntamiento.
Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido por la legislación y normativa estatal y autonómica para el Régimen Local.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con
ello la obligación de las administraciones públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Esta norma se crea ante la necesidad que esta Corporación detecta para, dentro de la potestad reglamentaria y de
autoorganización y en virtud del principiode autonomía local, adaptar, en la medida competencialmente posible, la
normativa en cuanto a sus órganos y su funcionamiento a la organización propia del Ayuntamiento de actuar de acuerdo
con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
Esta norma se crea ante la necesidad que esta Corporación detecta para, dentro de la potestad reglamentaria y de
autoorganización y en virtud del principio de autonomía local, adaptar, en la medida competencialmente posible, la
normativa en cuanto a sus órganos y su funcionamiento a la organización propia del Ayuntamiento de Puebla de Sancho
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