Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (05910/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 5910/2024
Artículo 16. Normas generales.
Artículo 17. Normas particulares.
SECCIÓN 2ª. Limpieza de la vía pública a consecuencia de obras y actividades diversas
Artículo 18. Suciedad de la vía pública.
Artículo 19. Materiales residuales.
Artículo 20. Ocupaciones derivadas de obras.
Artículo 21. Establecimientos públicos, terrazas y otras actividades de ocio.
Artículo 22. Otras prohibiciones relacionadas con actividades diversas.
Artículo 23. Abandono de muebles y enseres.
Artículo 24. Abandono de vehículos.
SECCIÓN 3ª. Obligaciones de limpieza en espacios privados.
Artículo 25. Terrenos, construcciones y edificios de propiedad privada.
Artículo 26. Ejecución forzosa y actuación municipal.
Artículo 27. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Capítulo III. Necesidades fisiológicas y cuidado de los animales en espacios públicos.
Artículo 28. Fundamento de la regulación.
Artículo 29. Normas de conducta.
Artículo 30. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Capítulo IV. Deterioro, uso agresivo o inadecuado de los bienes y espacios públicos.
Artículo 31. Fundamento de la regulación.
Artículo 32. Normas de conducta.
Artículo 33. Otras conductas impropias no permitidas.
Artículo 34. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Capítulo V. Uso inadecuado del espacio público para juegos y otras actividades no autorizadas.
Artículo 35. Fundamento de la regulación.
Artículo 36. Normas de conducta.
Artículo 37. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 38. Intervenciones específicas.
Capítulo VI. Conductas de mendicidad en los espacios públicos.
Artículo 39. Fundamento de la regulación.
Artículo 40. Normas de conducta.
Artículo 41. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 42. Intervenciones específicas.
Capítulo VII. Ofrecimiento y demanda de servicios sexuales en espacios públicos.
Artículo 43. Fundamento de la regulación.
Artículo 44. Normas de conducta.
Artículo 45. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 46. Intervenciones específicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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SECCIÓN 2ª. Limpieza de la vía pública a consecuencia de obras y actividades diversas
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Artículo 19. Materiales residuales.
Artículo 20. Ocupaciones derivadas de obras.
Artículo 21. Establecimientos públicos, terrazas y otras actividades de ocio.
Artículo 22. Otras prohibiciones relacionadas con actividades diversas.
Artículo 23. Abandono de muebles y enseres.
Artículo 24. Abandono de vehículos.
SECCIÓN 3ª. Obligaciones de limpieza en espacios privados.
Artículo 25. Terrenos, construcciones y edificios de propiedad privada.
Artículo 26. Ejecución forzosa y actuación municipal.
Artículo 27. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Capítulo III. Necesidades fisiológicas y cuidado de los animales en espacios públicos.
Artículo 28. Fundamento de la regulación.
Artículo 29. Normas de conducta.
Artículo 30. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Capítulo IV. Deterioro, uso agresivo o inadecuado de los bienes y espacios públicos.
Artículo 31. Fundamento de la regulación.
Artículo 32. Normas de conducta.
Artículo 33. Otras conductas impropias no permitidas.
Artículo 34. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Capítulo V. Uso inadecuado del espacio público para juegos y otras actividades no autorizadas.
Artículo 35. Fundamento de la regulación.
Artículo 36. Normas de conducta.
Artículo 37. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 38. Intervenciones específicas.
Capítulo VI. Conductas de mendicidad en los espacios públicos.
Artículo 39. Fundamento de la regulación.
Artículo 40. Normas de conducta.
Artículo 41. Calificación de infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 42. Intervenciones específicas.
Capítulo VII. Ofrecimiento y demanda de servicios sexuales en espacios públicos.
Artículo 43. Fundamento de la regulación.
Artículo 44. Normas de conducta.
Artículo 45. Calificación de las infracciones y régimen de sanciones.
Artículo 46. Intervenciones específicas.
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