Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05859/2024)
Resolución de nombramiento de Agente de Empleo y Desarrollo Local del proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena
Anuncio 5859/2024
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que
se publican en la sede electrónica de esta Ayuntamiento de Monterrubio, los documentos justificativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Presentada la documentación exigida y superado el examen médico preceptivo, se procederá a la
formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo
que quince días. El periodo de prueba será de tres meses. Superado este periodo se culmina el proceso y el o
la trabajadora adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez
días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores,
mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
El presente procedimiento selectivo no contempla en ningún caso, la constitución de bolsas de empleo en
cada una de las plazas objeto de convocatoria.
Tercero.- El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días hábiles
desde que se publica la presente resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento de Monterrubio, los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (anexo I).
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Cuarto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena. (https://monterrubiodelaserena.sedelectronica.es).
Quinto.- La persona contratada, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de este Ayuntamiento y de
común acuerdo con el interesado, tomará posesión y deberá incorporarse a su destino el día 31 de diciembre
de 2024, siempre que haya cumplimentado lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución,
previa formalización del correspondiente contrato de trabajo.
Sexto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Monterrubio en los términos del
artículo 42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico.
Monterrubio de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Jesús Martín Torres.- El Secretario de la
Corporación, Antonio Raúl Martínez Sánchez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que
se publican en la sede electrónica de esta Ayuntamiento de Monterrubio, los documentos justificativos de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Presentada la documentación exigida y superado el examen médico preceptivo, se procederá a la
formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo
que quince días. El periodo de prueba será de tres meses. Superado este periodo se culmina el proceso y el o
la trabajadora adquirirá la condición de empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez
días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores,
mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
El presente procedimiento selectivo no contempla en ningún caso, la constitución de bolsas de empleo en
cada una de las plazas objeto de convocatoria.
Tercero.- El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días hábiles
desde que se publica la presente resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento de Monterrubio, los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (anexo I).
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de
la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Cuarto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena. (https://monterrubiodelaserena.sedelectronica.es).
Quinto.- La persona contratada, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de este Ayuntamiento y de
común acuerdo con el interesado, tomará posesión y deberá incorporarse a su destino el día 31 de diciembre
de 2024, siempre que haya cumplimentado lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución,
previa formalización del correspondiente contrato de trabajo.
Sexto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Monterrubio en los términos del
artículo 42 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico.
Monterrubio de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Jesús Martín Torres.- El Secretario de la
Corporación, Antonio Raúl Martínez Sánchez.
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