Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragosa de Lares. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05864/2024)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Lares"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Esparragosa de Lares
Anuncio 5864/2024
8 La renovación del DNI o carné de conducir, que deberán acreditarse mediante las citaciones
correspondientes.
9. La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan
llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
11. Matrimonio, será de quince días naturales.
12. Permiso por nacimiento:
16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente forma:
6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial
o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo
hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida,
dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el
caso de adopción.
Además se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:
Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de
nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del
parto, hasta un máximo de 13 semanas.
Articulo 9.- Días de libre disposición.
Tanto el equipo técnico como los alumnos- trabajadores tendrán derecho a 3 días de libres disposición
- Deberán solicitarse con antelación a la dirección del Programa mediante escrito.
- No se podrán acumular más de dos días seguidos de libre disposición.
- No podrán solicitarse en días en los que por necesidades del Programa no se pueda faltar: Viajes formativos,
módulos transversales, charlas, etc.
- No se podrán solicitar días de libre disposición acumulados a días de vacaciones.
Artículo 10.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
a) Al respeto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente a
ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.
b) Respeto a su conciencia cívica y moral.
c) Respeto a su dignidad personal.
d) Recibir una educación integral y una formación profesional que le capacite en el conocimiento de un oficio
para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del Programa y a las necesidades y posibilidad
personal de cada uno.
e) Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del Programa.
f) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de seguridad
y salud laboral en el trabajo.
g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el
trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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correspondientes.
9. La comparecencia a demanda de juzgados, que deberá acreditarse mediante la citación correspondiente.
No se concederá permiso retribuido para la realización de cualesquiera actividades anteriores cuando puedan
llevarse a cabo en horario distinto de la jornada de trabajo.
11. Matrimonio, será de quince días naturales.
12. Permiso por nacimiento:
16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente forma:
6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial
o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo
hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida,
dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el
caso de adopción.
Además se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:
Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de
nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del
parto, hasta un máximo de 13 semanas.
Articulo 9.- Días de libre disposición.
Tanto el equipo técnico como los alumnos- trabajadores tendrán derecho a 3 días de libres disposición
- Deberán solicitarse con antelación a la dirección del Programa mediante escrito.
- No se podrán acumular más de dos días seguidos de libre disposición.
- No podrán solicitarse en días en los que por necesidades del Programa no se pueda faltar: Viajes formativos,
módulos transversales, charlas, etc.
- No se podrán solicitar días de libre disposición acumulados a días de vacaciones.
Artículo 10.- Derechos.
Los que a continuación se relacionan:
a) Al respeto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente a
ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.
b) Respeto a su conciencia cívica y moral.
c) Respeto a su dignidad personal.
d) Recibir una educación integral y una formación profesional que le capacite en el conocimiento de un oficio
para su futura inserción laboral, conforme a los objetivos del Programa y a las necesidades y posibilidad
personal de cada uno.
e) Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del Programa.
f) Disponer de los utensilios adecuados para el desempeño de sus tareas conforme a las normas de seguridad
y salud laboral en el trabajo.
g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad e higiene en el
trabajo.
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