Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05780/2024)
Aprobación del Plan de disposición de fondos
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 5780/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 5780/2024
Aprobación del Plan de disposición de fondos
PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
APROBACIÓN DEL PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS
Mediante resolución de Alcaldía de fecha 26 de noviembre de 2024, se aprobó el Plan de disposición de fondos del
municipio de Jerez de los Caballeros, lo que se publica de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Primero.- Vista la propuesta, por el Servicio de Tesorería municipal de fecha 20 de noviembre de 2024, en la
que argumentaba la necesidad de tramitar el procedimiento para la aprobación del Plan de disposición de
fondos, con la finalidad de permitir a la entidad local planificar su tesorería para cumplir con las obligaciones
legales hacer frente a los pagos realizados.
Segundo.- Visto el Plan de disposición de fondos adjunto como anexo elaborado.
Tercero.- Visto el informe-propuesta de resolución de fecha 26 de noviembre de 2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
RESUELVO
1. Aprobar lo dispuesto en el Plan de disposición de fondos, en relación con las previsiones
sobre la gestión de los fondos integrantes de la Tesorería para hacer frente a las obligaciones
contraídas por esta entidad local.
2. Ordenar la publicación del presente Plan al Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, así
como trasladarlo a la Tesorería y a la Intervención municipal a los efectos oportunos."
El Plan de disposición de fondos incluido en el anexo del informe de Tesorería es el siguiente:
«PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS
1. Principios generales y ámbito de aplicación.
1. El Plan de disposición de fondos es un instrumento necesario para la gestión de la tesorería y constituye
una herramienta eficaz para regular la liquidez del sistema financiero local.
2. El Plan de disposición de fondos de la tesorería del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros tiene
por objeto conseguir una adecuada distribución temporal de los pagos, acomodándolos a las disponibilidades
de efectivo previstas en la Tesorería municipal, que permita una correcta estimación de las necesidades de
endeudamiento y la optimización de los recursos disponibles.
3. La gestión de los fondos integrantes de la Tesorería se realizará bajo el principio de unidad de caja con la
centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no
presupuestarias, utilizando todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.
4. El presente Plan de disposición de fondos será de aplicación para el Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros.
5. La acomodación de las órdenes de pago al Plan de disposición de fondos se verificará por la Intervención
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Jerez de los Caballeros (Badajoz)
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PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
APROBACIÓN DEL PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS
Mediante resolución de Alcaldía de fecha 26 de noviembre de 2024, se aprobó el Plan de disposición de fondos del
municipio de Jerez de los Caballeros, lo que se publica de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Primero.- Vista la propuesta, por el Servicio de Tesorería municipal de fecha 20 de noviembre de 2024, en la
que argumentaba la necesidad de tramitar el procedimiento para la aprobación del Plan de disposición de
fondos, con la finalidad de permitir a la entidad local planificar su tesorería para cumplir con las obligaciones
legales hacer frente a los pagos realizados.
Segundo.- Visto el Plan de disposición de fondos adjunto como anexo elaborado.
Tercero.- Visto el informe-propuesta de resolución de fecha 26 de noviembre de 2024.
De conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
RESUELVO
1. Aprobar lo dispuesto en el Plan de disposición de fondos, en relación con las previsiones
sobre la gestión de los fondos integrantes de la Tesorería para hacer frente a las obligaciones
contraídas por esta entidad local.
2. Ordenar la publicación del presente Plan al Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, así
como trasladarlo a la Tesorería y a la Intervención municipal a los efectos oportunos."
El Plan de disposición de fondos incluido en el anexo del informe de Tesorería es el siguiente:
«PLAN DE DISPOSICIÓN DE FONDOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS
1. Principios generales y ámbito de aplicación.
1. El Plan de disposición de fondos es un instrumento necesario para la gestión de la tesorería y constituye
una herramienta eficaz para regular la liquidez del sistema financiero local.
2. El Plan de disposición de fondos de la tesorería del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros tiene
por objeto conseguir una adecuada distribución temporal de los pagos, acomodándolos a las disponibilidades
de efectivo previstas en la Tesorería municipal, que permita una correcta estimación de las necesidades de
endeudamiento y la optimización de los recursos disponibles.
3. La gestión de los fondos integrantes de la Tesorería se realizará bajo el principio de unidad de caja con la
centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y por operaciones no
presupuestarias, utilizando todos los recursos dinerarios disponibles para el pago de las obligaciones.
4. El presente Plan de disposición de fondos será de aplicación para el Ayuntamiento de Jerez de los
Caballeros.
5. La acomodación de las órdenes de pago al Plan de disposición de fondos se verificará por la Intervención
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