Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (05746/2024)
Extracto de las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la actividad física y deportiva para el desarrollo de los programas de escuelas deportivas temporada 24/25
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 5746/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 5746/2024
Extracto de las bases de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
para el fomento de la actividad física y deportiva para el desarrollo de los programas de escuelas deportivas temporada
24/25
EXTRACTO CONVOCATORIA BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN
REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FISICA Y DEPORTIVA EN VILLAFRANCA DE
LOS BARROS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE ESCUELAS DEPORTIVAS TEMPORADA 2024/2025
BDNS (Identif.): 799176
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/799176).
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA EN VILLAFRANCA DE LOS BARROS PARA EL
DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE ESCUELAS DEPORTIVAS TEMPORADA 2024/2025
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras de las subvenciones que conceda este Excmo.
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros para el fomento de la actividad física y el deporte, en régimen de concurrencia
competitiva, con cargo a los créditos de sus presupuestos, y en particular a las líneas que se desarrollan en la base segunda
de estas bases, para la temporada 2024/2025, realizadas entre el día 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 67.500,00 euros con cargo a la partida
presupuestaria del capítulo 4 "transferencias corrientes", 3410.48907 "deportes", del vigente presupuesto municipal. Siendo
el importe de 16.875,00 euros con cargo a la anualidad presupuestaria 2024, y el importe de 50.625,00 euros con cargo a la
anualidad presupuestaria 2025, subordinándose el crédito que para el ejercicio autorice el respectivo presupuesto. No
obstante, la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones, ayudas o ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.
La solicitud de los diferentes programas de promoción, no son incompatibles, pudiendo presentar cada entidad una
solicitud para cada subvención.
Asimismo, el importe máximo a percibir por cada beneficiario en la primera valoración de puntos no podrá superar en
ningún caso los 13.200,00 euros. En el supuesto caso de que algún solicitante supere el importe máximo, la demasía
económica sobre el máximo estipulado será redistribuida en una segunda valoración teniendo en cuenta a todos los
solicitantes con el total de puntos obtenidos en la primera valoración así como los puntos sin adjudicación de cuantía
económica de los solicitantes que hubiesen alcanzado el máximo en la primera valoración.
Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención que se conceda para la misma finalidad, con
independencia de la administración pública o entidad privada que las otorgue, siempre que el importe de la subvención
municipal concedida, en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, no supere el coste total de la actividad a desarrollar
por el beneficiario.
Podrán participar en esta convocatoria, las escuelas, clubes y asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro y legalmente
constituidos, inscritos en el Registro de Asociaciones y Clubes de la Dirección General de Deporte de la Junta de Extremadura
y del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, que tengan firmado con el Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los
Barros el convenio de colaboración para la promoción deportiva.
Las actividades deportivas a realizar, sobre la base de colaboración entre la Concejalía de Deportes y las asociaciones y
clubes beneficiarios, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el Registro de entidades deportivas de la
Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura.
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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EXTRACTO CONVOCATORIA BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN
REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FISICA Y DEPORTIVA EN VILLAFRANCA DE
LOS BARROS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE ESCUELAS DEPORTIVAS TEMPORADA 2024/2025
BDNS (Identif.): 799176
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/799176).
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA EN VILLAFRANCA DE LOS BARROS PARA EL
DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE ESCUELAS DEPORTIVAS TEMPORADA 2024/2025
Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas reguladoras de las subvenciones que conceda este Excmo.
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros para el fomento de la actividad física y el deporte, en régimen de concurrencia
competitiva, con cargo a los créditos de sus presupuestos, y en particular a las líneas que se desarrollan en la base segunda
de estas bases, para la temporada 2024/2025, realizadas entre el día 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 67.500,00 euros con cargo a la partida
presupuestaria del capítulo 4 "transferencias corrientes", 3410.48907 "deportes", del vigente presupuesto municipal. Siendo
el importe de 16.875,00 euros con cargo a la anualidad presupuestaria 2024, y el importe de 50.625,00 euros con cargo a la
anualidad presupuestaria 2025, subordinándose el crédito que para el ejercicio autorice el respectivo presupuesto. No
obstante, la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidad de esa cantidad.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras
subvenciones, ayudas o ingresos o recursos supere el coste de la actividad subvencionada.
La solicitud de los diferentes programas de promoción, no son incompatibles, pudiendo presentar cada entidad una
solicitud para cada subvención.
Asimismo, el importe máximo a percibir por cada beneficiario en la primera valoración de puntos no podrá superar en
ningún caso los 13.200,00 euros. En el supuesto caso de que algún solicitante supere el importe máximo, la demasía
económica sobre el máximo estipulado será redistribuida en una segunda valoración teniendo en cuenta a todos los
solicitantes con el total de puntos obtenidos en la primera valoración así como los puntos sin adjudicación de cuantía
económica de los solicitantes que hubiesen alcanzado el máximo en la primera valoración.
Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención que se conceda para la misma finalidad, con
independencia de la administración pública o entidad privada que las otorgue, siempre que el importe de la subvención
municipal concedida, en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, no supere el coste total de la actividad a desarrollar
por el beneficiario.
Podrán participar en esta convocatoria, las escuelas, clubes y asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro y legalmente
constituidos, inscritos en el Registro de Asociaciones y Clubes de la Dirección General de Deporte de la Junta de Extremadura
y del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, que tengan firmado con el Excmo. Ayuntamiento de Villafranca de los
Barros el convenio de colaboración para la promoción deportiva.
Las actividades deportivas a realizar, sobre la base de colaboración entre la Concejalía de Deportes y las asociaciones y
clubes beneficiarios, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el Registro de entidades deportivas de la
Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura.
Que los clubes y/o asociaciones deportivas estén dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones del
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