Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05705/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento del servicio de transporte colectivo de viajeros en Montijo y municipios limítrofes
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Ayuntamiento de Montijo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Montijo
Montijo (Badajoz)
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Aprobación definitiva del Reglamento del servicio de transporte colectivo de viajeros en Montijo y municipios limítrofes

APROBACIÓN DEFINITIVA ESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE INTERURBANO COLECTIVO DE
VIAJEROS
Siendo definitivo el acuerdo de establecimiento del servicio público de transporte interurbano colectivo de viajeros junto con
su Reglamento, adoptado inicialmente por el pleno municipal en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de septiembre
de 2024, al no haberse presentado alegaciones al mismo durante el plazo concedido para ello, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público en
su integridad el texto del Reglamento, con el articulado siguiente.
Contra mencionada aprobación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que se
establecen en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
"REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS EN MONTIJO Y MUNICIPIOS LIMÍTROFES
ÍNDICE:
Título I. Disposiciones generales
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Titularidad del servicio y facultades de gestión.
- Artículo 4. Facultad de resolver en vía administrativa.
Título II: Establecimiento, modificación y supresión de los servicios
- Artículo 5. Organización y planificación del servicio.
Título III: Régimen tarifario
- Artículo 6. Títulos de transporte público y tipos de tarifa.
- Artículo 7. Obligación de portar el título de transporte válido.
- Artículo 8. Pago de billetes o recargas en efectivo.
Título IV. De la prestación del servicio
- Artículo 9. Carácter permanente del servicio.
- Artículo 10. Documentación del servicio.
- Artículo 11. Líneas y paradas.
- Artículo 12. Estacionamiento de los autobuses en las paradas.
- Artículo 13. Acceso y bajada de los vehículos.
- Artículo 14. Acceso de coches y sillas de niños.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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