Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05701/2024)
Bases de la convocatoria para la concesión de los VIII Premios de la Provincia 2025
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales

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2030.
f) Cultura. En esta categoría se premiarán proyectos, colectivos o de personas que con su trabajo fomenten y
reconozcan la cultura del territorio en cualquiera de sus expresiones, contribuyendo de ese modo a
enriquecer la vida cultural de la provincia, fomentando el cumplimiento de los ODS número 11.
g) Deporte y vida saludable activa. En el ámbito deportivo se premiarán proyectos, colectivos o personas que
con su trabajo potencien y reconozcan los valores del deporte en la provincia en cualquiera de sus
expresiones, así como que fomenten los hábitos saludables y la cultura del esfuerzo a través de la práctica
deportiva o la actividad física contribuyendo de ese modo a enriquecer los valores ciudadanos y cualquier
modo de vida saludable, fomentando el cumplimiento de los ODS número 3.
h) Premio especial "Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y Agenda 2030" dirigido a los centros públicos de
educación secundaria obligatoria y bachillerato y centros de formación profesional que presenten trabajos
elaborados por alumnos/as que pongan en valor todos o cualquiera de los ODS, su difusión y/o su
cumplimiento en su entorno cercano o en sus actividades diarias. El objetivo principal es reconocer y apoyar
aquellos trabajos más innovadores que contribuyen a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Pueden ser
relatos, cómics, ilustraciones, material audiovisual, o cualquier otra creación artística y/o didáctica que
represente el esfuerzo a favor de las personas, el medio ambiente o la prosperidad en cualquiera de las
metas de los ODS.
Base 3.- Premios.
1. Los premios consistirán en un importe en metálico de 3.000,00 euros por cada una de las modalidades y una placa
conmemorativa.
2. Igualmente, se entregará a las personas o entidades premiadas un detalle conmemorativo del mencionado premio
obtenido.
3. El acto de entrega de los premios formará parte de los actos protocolarios que se organizarán en torno al Día de la
Provincia de Badajoz, (26 de abril de 2025), pudiéndose ser entregados a lo largo de la semana anterior o posterior a este
día en función de los requerimientos organizativos del conjunto de actividades planteadas para conmemorar este día.
Base 4.- Consignación presupuestaria.
El presupuesto máximo disponible para la concesión de los premios que se entregarán a los/as ganadores/as es de
veinticuatro mil euros (24.000,00 euros), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 100.33800.48002.1100 de los
presupuestos anuales previstos para 2025 de la Diputación de Badajoz, a cuyos efectos se ha realizado la correspondiente
retención de crédito (tramitación anticipada). La concesión del premio queda condicionada, por tanto, a la existencia de
crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. A estos premios les serán de aplicación las
normativas fiscales en vigor.
Base 5.- Régimen jurídico.
1. La presente convocatoria no tiene carácter de subvención estando excluida del régimen aplicable a estas, de acuerdo con
el artículo 4.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. No obstante, según establece la base 41.D)
de ejecución del presupuesto 2024 en relación al procedimiento para la concesión de premios tanto en metálico como en
especie, los mismos se regirán por lo establecido en su correspondiente convocatoria, que por su carácter específico, tendrá
carácter de normativa reguladora y se aplicará en lo no previsto en ellas y de forma supletoria lo dispuesto en la Ordenanza
general de subvenciones de la Diputación de Badajoz y en la legislación del Estado.
2. La solicitud de concesión de premios realizada en favor de cualquier candidatura deberá contar con el consentimiento
implícito o explícito de esta, si bien no será necesario acreditarlo formalmente en la solicitud ni posteriormente.
3. La participación en la presente convocatoria supone la aceptación expresa y sin condiciones de las bases que la regulan.
Base 6.- Solicitudes.
1. Las solicitudes, que se dirigirán al Presidente de la Diputación de Badajoz, podrán ser presentadas por las
mancomunidades integrales, ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz en el modelo que figura
en el anexo I de esta convocatoria, de conformidad con las normas que regulen su propio funcionamiento. Las
mancomunidades integrales, ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Badajoz no podrán postularse a
sí mismas ni a ningún ente autónomo o dependiente que forme parte de su sector público.
2. Podrán ser propuestos como candidatos/as aquellas asociaciones, federaciones, personas físicas o jurídicas, públicas o
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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