Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. (05626/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de la Mesa de coordinación intersectorial
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 5626/2024
curso correspondiente a los acuerdos que se adopten.
4.- Custodiar la documentación de la Mesa de coordinación intersectorial, poniéndola a disposición de sus
órganos y de los miembros de la comisión cuando le fuera requerida.
5.- Proponer el plan de trabajo de la implementación local que especificará las tareas y las personas
responsables.
6.- Cuantas otras sean inherentes a su condición de Secretaría.
Artículo 6. La Mesa de coordinación intersectorial está integrada por la totalidad de sus miembros, bajo la dirección de la
presidencia y asistida por la Secretaría, ajustándose en su funcionamiento a las siguientes normas:
1.- La Mesa de coordinación intersectorial se reunirá al menos con carácter ordinario
trimestralmente/semestralmente, y con carácter extraordinario cuando lo convoque la presidencia. Se
redactará un acta/resumen tras cada reunión que se realice.
2.- Podrá ser objeto de deliberación cualquier asunto no incluido en el orden del día que cuente con el voto
favorable de la mayoría.
3.- La Mesa de coordinación intersectorial aprobará el plan de trabajo, su cronograma, y realizará el
seguimiento del mismo así como de los acuerdos que se alcance en la Mesa.
4.- La Mesa presentará un informe anual de actividades en el Pleno del Ayuntamiento y cumplimentará la hoja
de seguimiento de la implementación local que enviará a los responsables de la implementación de la
estrategia de promoción de la salud y prevención a nivel autonómico y nacional.
5.- La Mesa establecerá la forma de dar visibilidad al trabajo que ha realizado ante la población.
Artículo 7. Participación ciudadana en la Mesa de coordinación intersectorial en el municipio: Consejo de participación
ciudadana.
Artículo 8. La duración de la Mesa estará ligada a la implementación local de la estrategia de promoción de la salud y
prevención. Aunque el municipio podría proponer prorrogarla si lo considera necesario.
Artículo 9. El ejercicio del cargo por los miembros de la Mesa no será remunerado y formará parte de las funciones de su
actividad profesional.
Artículo 10. El cese del cargo, si se realiza antes de la disolución de la mesa, podrá deberse a:
1.- Propuesta de quienes promovieron su nombramiento.
2.- Dimisión voluntaria presentada mediante un escrito en el que se razonen los motivos.
3.- Por enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.
4.- Por fallecimiento.
5.- Por otras causas justificadas.
6.- Incapacidad o inhabilitación para el desempeño de cargo público declarada por sentencia judicial firme.
7.- Por haber sido condenado por delito doloso.
8.- Por inasistencia reiterada a las sesiones de la Mesa.
Artículo 11. Toda vacante en la Mesa deberá ser cubierta por un nuevo miembro que reúna las características del puesto
vacante. Las vacantes que se produzcan serán cubiertas a propuesta de la institución o colectivo que propuso al titular de la
vacante.
Artículo 12. La Mesa de coordinación intersectorial podrá constituir comisiones o grupos de trabajo de los que podrán
formar parte otros integrantes por su especial conocimiento, vinculación o interés en la materia objeto de la Mesa, o recabar
la colaboración puntual de expertos para tratar temas específicos de competencia de la Mesa. Los grupos de trabajo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 5
Anuncio 5626/2024
curso correspondiente a los acuerdos que se adopten.
4.- Custodiar la documentación de la Mesa de coordinación intersectorial, poniéndola a disposición de sus
órganos y de los miembros de la comisión cuando le fuera requerida.
5.- Proponer el plan de trabajo de la implementación local que especificará las tareas y las personas
responsables.
6.- Cuantas otras sean inherentes a su condición de Secretaría.
Artículo 6. La Mesa de coordinación intersectorial está integrada por la totalidad de sus miembros, bajo la dirección de la
presidencia y asistida por la Secretaría, ajustándose en su funcionamiento a las siguientes normas:
1.- La Mesa de coordinación intersectorial se reunirá al menos con carácter ordinario
trimestralmente/semestralmente, y con carácter extraordinario cuando lo convoque la presidencia. Se
redactará un acta/resumen tras cada reunión que se realice.
2.- Podrá ser objeto de deliberación cualquier asunto no incluido en el orden del día que cuente con el voto
favorable de la mayoría.
3.- La Mesa de coordinación intersectorial aprobará el plan de trabajo, su cronograma, y realizará el
seguimiento del mismo así como de los acuerdos que se alcance en la Mesa.
4.- La Mesa presentará un informe anual de actividades en el Pleno del Ayuntamiento y cumplimentará la hoja
de seguimiento de la implementación local que enviará a los responsables de la implementación de la
estrategia de promoción de la salud y prevención a nivel autonómico y nacional.
5.- La Mesa establecerá la forma de dar visibilidad al trabajo que ha realizado ante la población.
Artículo 7. Participación ciudadana en la Mesa de coordinación intersectorial en el municipio: Consejo de participación
ciudadana.
Artículo 8. La duración de la Mesa estará ligada a la implementación local de la estrategia de promoción de la salud y
prevención. Aunque el municipio podría proponer prorrogarla si lo considera necesario.
Artículo 9. El ejercicio del cargo por los miembros de la Mesa no será remunerado y formará parte de las funciones de su
actividad profesional.
Artículo 10. El cese del cargo, si se realiza antes de la disolución de la mesa, podrá deberse a:
1.- Propuesta de quienes promovieron su nombramiento.
2.- Dimisión voluntaria presentada mediante un escrito en el que se razonen los motivos.
3.- Por enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.
4.- Por fallecimiento.
5.- Por otras causas justificadas.
6.- Incapacidad o inhabilitación para el desempeño de cargo público declarada por sentencia judicial firme.
7.- Por haber sido condenado por delito doloso.
8.- Por inasistencia reiterada a las sesiones de la Mesa.
Artículo 11. Toda vacante en la Mesa deberá ser cubierta por un nuevo miembro que reúna las características del puesto
vacante. Las vacantes que se produzcan serán cubiertas a propuesta de la institución o colectivo que propuso al titular de la
vacante.
Artículo 12. La Mesa de coordinación intersectorial podrá constituir comisiones o grupos de trabajo de los que podrán
formar parte otros integrantes por su especial conocimiento, vinculación o interés en la materia objeto de la Mesa, o recabar
la colaboración puntual de expertos para tratar temas específicos de competencia de la Mesa. Los grupos de trabajo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 3 de 5