Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. (05626/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de la Mesa de coordinación intersectorial
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
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Aprobación definitiva del Reglamento de la Mesa de coordinación intersectorial

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE LA MESA DE COORDINACIÓN INTERSECTORIAL
(IMPLEMENTACIÓN LOCAL DE LA ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN EN EL SNS)
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento de la Mesa de coordinación intersectorial cuyo texto íntegro
se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
"La Mesa de coordinación intersectorial es un instrumento para facilitar la implementación local de la estrategia de
promoción de la salud y prevención en el Sistema Nacional de Salud (SNS) en el municipio. Este reglamento establece la
finalidad, estructura y funcionamiento de dicha mesa.
Artículo 1. Se crea la Mesa de coordinación intersectorial en el municipio a fecha de 26 de septiembre de 2024, como
instrumento para ganar salud y concretar las acciones de la estrategia para la implementación local de la misma.
Artículo 2. La Mesa es el instrumento para avanzar en salud y equidad en todas las políticas. La función primordial de la
mesa de coordinación intersectorial en el municipio es la contextualización, desarrollo, coordinación, seguimiento y
evaluación de la implementación de la estrategia en su territorio.
Artículo 3. La Mesa de coordinación intersectorial en el municipio está compuesta por:
1.- Presidencia: El Alcalde/Alcaldesa, que podrá delegar en caso de necesidad en el Concejal o concejala que le
sustituya habitualmente, o en un miembro de la Junta de Gobierno.
2.- Secretaría Técnica: El/la Coordinador/a de la implementación local de la estrategia de promoción de la
salud y prevención.
3.- Miembros: Representantes técnicos de cada sector que forma parte de la Mesa (uno por sector y
especificar de qué sectores). A las reuniones de la Mesa podrán ser invitados a participar por periodos
limitados las personas/profesionales que en razón de los trabajos previstos puedan contribuir a los objetivos.
Artículo 4. Son funciones de la Presidencia:
1.- Dirigir la Mesa de coordinación intersectorial y ostentar la representación de la misma.
2.- Convocar y presidirlas sesiones de la Mesa.
3.- Visarlas actas y disponer el cumplimiento de los acuerdos.
4.- Solicitar, en nombre de la Mesa de coordinación intersectorial, la colaboración que estime pertinente a
instituciones, autoridades, organismos, entidades, asociaciones y particulares.
5.- Cuantas otras le sean propias de su condición de Presidencia y así se establezcan por la Mesa.
Artículo 5. Son funciones de la Secretaría Técnica:
1.- Promover, coordinar y dinamizar la Mesa de coordinación intersectorial.
2.- Fijar el orden del día de las sesiones de la Mesa, teniendo en cuenta las peticiones que pudieran formular
sus miembros en la forma que se establezca.
3.- Extender las actas de las sesiones, autorizándolas con su firma y el visto bueno de la presidencia y dar el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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