Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Retamal de Llerena. (05588/2024)
Bases del proceso de estabilización para cubrir una plaza de Auxiliar de Biblioteca
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Retamal de Llerena
Anuncio 5588/2024
En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado
cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere
competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la
persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano
que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o
actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
Séptima.- Autobaremo de méritos y calificación.
La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la
puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Certificado de servicios prestados actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo en Administración Pública distinta del Ayuntamiento de Retamal de Llerena,
emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de la jornada.
Vida laboral del aspirante.
La antigüedad en el Ayuntamiento de Retamal de Llerena se comprobará de oficio.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Octava.- Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará en la sede
electrónica un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de diez días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas.
Una vez consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por
orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el tablón de anuncios y en el portal de
transparencia, para mayor difusión.
El aspirante propuesto acreditará ante el Ayuntamiento de Retamal de Llerena, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde el siguiente al que se publique la relación citada en el párrafo anterior en el Boletín Oficial de la
Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el tablón de anuncios y en el portal de
transparencia, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria (anexo II).
Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación a la plaza de
trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la
condición de empleado público.
Formalizado el contrato, se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de
los diez días siguientes a su concertación.
Novena.- Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En el supuesto de que el órgano de selección compruebe que alguna de las personas aspirantes ha realizado
cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere
competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la
persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano
que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o
actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
Séptima.- Autobaremo de méritos y calificación.
La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo II.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la
puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
Certificado de servicios prestados actualizado a fecha de la convocatoria.
Contratos de trabajo en Administración Pública distinta del Ayuntamiento de Retamal de Llerena,
emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
denominación de la plaza, grupo de clasificación y duración de la jornada.
Vida laboral del aspirante.
La antigüedad en el Ayuntamiento de Retamal de Llerena se comprobará de oficio.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Octava.- Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará en la sede
electrónica un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de diez días hábiles a partir
del día siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas.
Una vez consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por
orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el tablón de anuncios y en el portal de
transparencia, para mayor difusión.
El aspirante propuesto acreditará ante el Ayuntamiento de Retamal de Llerena, dentro del plazo de veinte días
hábiles desde el siguiente al que se publique la relación citada en el párrafo anterior en el Boletín Oficial de la
Provincia, en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en el tablón de anuncios y en el portal de
transparencia, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria (anexo II).
Quien dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando
anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación a la plaza de
trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la
condición de empleado público.
Formalizado el contrato, se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de
los diez días siguientes a su concertación.
Novena.- Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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