Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (05587/2024)
Bases de participación de comercios, hostelería y negocios en la campaña de fidelización "Consume en Jerez, Navidad para todos"
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 5587/2024

Septimo.- Financiación:
Los premios con un importe total de 22.000,00 euros estarán supeditados a la autorización del gasto para el
ejercicio presupuestario 2025 dentro del Plan Estratégico de Subvenciones para la concejalía de Comercio e
Industria.
Octava.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de la ayuda los negocios que hayan solicitado previamente la adhesión a la campaña,
que estén dados de alta en el IAE de Jerez de los Caballeros, así los autónomos que tengan su sede de
actividad en el municipio, que previamente hayan solicitado la inscripción en la campaña conforme a la base
4.2 de las presentes bases.
La adhesión a la campaña, una vez entregado el escrito de solicitud, deberá ser aprobada por el
Ayuntamiento, comprobados los requisitos para ser considerados beneficiarios.
Novena.- Valoración de las solicitudes.
Al tratarse de una concesión directa de subvenciones la valoración de las solicitudes se limitará a comprobar
que los gastos debidamente acreditados en la forma prevista en la convocatoria se corresponden
efectivamente con las indicadas en la misma y cumplen los requisitos exigidos.
Décima.- Pago.
El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros procederá a ingresar por transferencia bancaria en la cuenta
determinada por la persona beneficiaria (señalada en el Modelo de Alta a Terceros o Certificación de
titularidad de cuenta bancaria), el importe de la subvención que haya sido efectivamente justificada. No podrá
realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente de las obligaciones
tributarias (AEAT, Administración Tributaria y Hacienda Local) y frente a la Seguridad Social o sea deudor por
resolución de procedencia de reintegro.
Decimoprimera.- Obligaciones de la persona beneficiaria.
Los beneficiarios de la subvención están sujetos a las siguientes obligaciones:
a) Acreditación del cumplimiento de inscripción en el régimen correspondiente de la seguridad
social.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones que
determinan la concesión de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, en relación con la actividad subvencionada,
aportando la documentación e información que le sea requerida por el Ayuntamiento de Jerez
de los Caballeros. Para el desarrollo de dicha actuación auditora el Ayuntamiento podrá
contratar a una empresa o profesional independiente especializado.
d) Comunicar cualquier alteración de las condiciones y/o requisitos tenidos en cuenta para la
concesión de la subvención establecida en las presentes bases.
e) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la
actividad subvencionada.
f) Someterse a la publicidad de la subvención concedida, tal y como se establece en las
presentes bases.
g) Con carácter previo al pago de la subvención deberá estar al corriente de las obligaciones
tributarias con la Administración Estatal, Autonómica y Local y con la Seguridad Social.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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