Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. (05573/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir por promoción interna, una plaza de Jefe de Servicio de Personal, mediante sistema de concurso-oposición
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 5573/2024
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo I,
los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en
que se recogen, en la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir
fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar, y hacer guardar la constitución como norma
fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la
convocatoria, o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen. Y caso de tener
derecho a la reducción de dicho importe, documento que justifique su aplicación.
Documentos, en original o fotocopia compulsada, acreditativos de los méritos que se aleguen por los
aspirantes, para ser valorados en la fase de concurso, de acuerdo al baremo que figura como anexo
III.
b) Tanto la certificación acreditativa de la condición de empleado público del correspondiente grupo o
subgrupo de acceso en el Ayuntamiento de Don Benito, como la de los servicios prestados en el mismo,
valorables como experiencia profesional en la fase de baremación de méritos, se justificará de oficio por el
propio Ayuntamiento, que las remitirá al Tribunal.
c) En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen, supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier momento, o a
instancia del interesado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.2.- Lugar de presentación de instancias:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el Registro General de entrada del Ayuntamiento de Don Benito, y lo
hagan en cualquier otra de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, asimismo deberán remitir a la Secretaría General del
Ayuntamiento de Don Benito copia de la solicitud vía fax al número siguiente: 924 81 3229 (fax Ayuntamiento de Don Benito)
o al correo electrónico secretaria@donbenito.es.
3.3.- Plazo de presentación de instancias:
El plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín
Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz.
3.4.- Derechos de examen:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa por derechos de examen aprobada por
este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 8 de febrero de 2010), se fijan en la cantidad de 12,00€ cuyo importe se hará efectivo
dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas:
Banca Pueyo número
ES84 0078 0006 36 4002000440
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.- Presentación de solicitudes.
3.1.- Instancias:
a) En las instancias, solicitando tomar parte en la oposición, conforme al modelo que aparece en el anexo I,
los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en los términos en
que se recogen, en la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento, o promesa, de cumplir
fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar, y hacer guardar la constitución como norma
fundamental del Estado, debiéndose acompañar:
Fotocopia compulsada del DNI.
Fotocopia compulsada de título académico habilitante para el acceso a la plaza objeto de la
convocatoria, o en su defecto, justificante del pago de las tasas para su expedición.
Justificante de haber realizado el ingreso bancario de los derechos de examen. Y caso de tener
derecho a la reducción de dicho importe, documento que justifique su aplicación.
Documentos, en original o fotocopia compulsada, acreditativos de los méritos que se aleguen por los
aspirantes, para ser valorados en la fase de concurso, de acuerdo al baremo que figura como anexo
III.
b) Tanto la certificación acreditativa de la condición de empleado público del correspondiente grupo o
subgrupo de acceso en el Ayuntamiento de Don Benito, como la de los servicios prestados en el mismo,
valorables como experiencia profesional en la fase de baremación de méritos, se justificará de oficio por el
propio Ayuntamiento, que las remitirá al Tribunal.
c) En ningún caso la presentación del justificante del ingreso bancario de los derechos de examen, supondrá
sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados de oficio en cualquier momento, o a
instancia del interesado dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.2.- Lugar de presentación de instancias:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten su solicitud directamente en el Registro General de entrada del Ayuntamiento de Don Benito, y lo
hagan en cualquier otra de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, asimismo deberán remitir a la Secretaría General del
Ayuntamiento de Don Benito copia de la solicitud vía fax al número siguiente: 924 81 3229 (fax Ayuntamiento de Don Benito)
o al correo electrónico secretaria@donbenito.es.
3.3.- Plazo de presentación de instancias:
El plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), una vez que se hayan publicado íntegramente las bases en el Boletín
Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz.
3.4.- Derechos de examen:
De acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ordenanza reguladora de la tasa por derechos de examen aprobada por
este Ayuntamiento (BOP de Badajoz de 8 de febrero de 2010), se fijan en la cantidad de 12,00€ cuyo importe se hará efectivo
dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso bancario en cualquiera de las siguientes cuentas:
Banca Pueyo número
ES84 0078 0006 36 4002000440
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www.dip-badajoz.es/bop
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