Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05533/2024)
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Villagarcía de la Torre (Badajoz)
Anuncio 5533/2024
Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad

Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día
30 de septiembre de 2024, de aprobación inicial del Reglamento de funcionamiento de la Comisión Negociadora del I Plan
de Igualdad del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la
inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 191 del 3 de octubre del 2024, para que el
mismo pudiera ser examinado y poderse presentar las reclamaciones y sugerencias que se considerasen oportunas.
Y resultado que expirado el plazo de exposición al público no se han presentado reclamaciones, ni sugerencias.
A la vista de lo expuesto se considera definitivamente aprobado el acuerdo de conformidad con lo normado en el artículo 49
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por lo que se procede a su publicación y que es
del siguiente tenor literal.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL PLAN DE IGUALDAD DEL AYUNTAMIENTO DE
VILLAGARCÍA DE LA TORRE
El Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre, adquiere el compromiso de crear y aprobar un Plan de Igualdad en el marco de lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de acuerdo al Real Decreto-Ley
6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres en el empleo.
Con el presente Reglamento interno de la Comisión Negociadora del I Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Villagarcía de la
Torre, se formaliza y regulan las pautas de trabajo, competencias y funciones que van a regir el diseño, desarrollo del Plan
de Igualdad del Ayuntamiento.
El ámbito de aplicación del I Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre es municipal.
Artículo 1.- Medidas concretas a favor de la igualdad en el Ayuntamiento.
El establecimiento de planes o medidas de igualdad lleva aparejada la constitución de una comisión paritaria para la
realización del Plan de Igualdad, encargada de realizar el:
Diagnóstico de la situación del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre: examen y análisis de datos cuantitativos y
cualitativos de los distintos aspectos relativos al personal del Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre (acceso,
condiciones de trabajo, clasificación profesional, promoción, formación, salud laboral, etc.);todos los datos
desagregados por sexos.
Elaboración del Plan de Igualdad: que se realizará teniendo en cuenta las conclusiones que se establecen en el
diagnóstico sobre la situación de hombres y mujeres en el Ayuntamiento, y que tendrá unos objetivos con medidas
concretas en cada materia, unos indicadores y una temporalización (art. 51 LOIMH, así como en el último Reglamento
901/ 2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y 902/2020 de 13 de octubre
de igualdad retributiva entre mujeres y hombres).
Dicho Plan de Igualdad deberá ser negociado con la parte social. (Art. 64 LOIMH).
Artículo 2.- Comisión Negociadora.
La Comisión Negociadora es el órgano competente, de composición paritaria, de representación tanto del Ayuntamiento
como de los trabajadores y trabajadoras a través de la representación sindical.
Esta comisión será la encargada de elaborar y negociar el Plan de Igualdad, realizar el diagnóstico y proponer medidas de
actuación para corregir las faltas observadas en el diagnóstico.
La Comisión Negociadora del Plan de Igualdad del Ayuntamiento constituida el día 18 de septiembre de 2024, estando la
misma formada por 2 miembros: 1 representante del Ayuntamiento y 1 representante de los trabajadores y trabajadoras.
2.1.- Composición de la Comisión Negociadora.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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