Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05328/2024)
Aprobación definitiva de la modificación parcial del Reglamento de régimen interno del centro de día para personas mayores
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

Anuncio 5328/2024

b) Ausencia injustificada del centro por un período superior al establecido anteriormente.
c) Por sanción derivada del Reglamento de régimen interno.
d) El incumplimiento de lo establecido en el documento de ingreso.
e) Traslado a otro centro.
f) Fallecimiento.
4.- Organización y funcionamiento interno.
Deben acogerse todos aquellos aspectos necesarios para un correcto funcionamiento del centro con el fin de optimizar los
servicios que se ofrecen, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas mayores.
El usuario recibirá la atención necesaria durante el ingreso en el centro para conseguir una adecuada adaptación e
integración en su nuevo hogar.
Todas las dependencias del centro e instalaciones mantendrán una limpieza diaria y un mantenimiento eficaz. Igualmente se
garantizará la limpieza de la ropa de aquellos usuarios que utilicen lavandería.
El centro proporcionará una correcta alimentación a los usuarios, cumpliendo las siguientes premisas:
a) La alimentación ofrecida se someterá a criterios dietéticos, atendiendo a las necesidades en relación a la
cantidad, calidad y variedad de las comidas.
b) Existirán menús y dietas adaptadas para los usuarios que por padecer determinadas patologías no puedan
comer el menú general.
c) Se ofertará desayuno, hidratación/tentempié a media mañana, comida y postre.
d) Los usuarios conocerán con la suficiente antelación los menús recibiendo una copia todos los meses, que
deberán estar expuestos en el tablón de anuncios.
e) La dirección del centro garantizará y repondrá el menaje de cocina, con objeto de asegurar la atención
higiénico-sanitaria adecuada para la salud de los usuarios y una correcta manipulación de los alimentos por el
personal.
f) Los bolsos, bolsas, cestas o cualquier complemento de análogas características se quedarán en lugar
habilitado para ello, no portándolo el usuario en el centro, hasta su vuelta al domicilio que se le devolverá
antes de irse, para evitar entrar medicación y/o comida no prescrita o autorizada.
g) La medicación del usuario vendrá semanalmente debidamente preparada, mediante el sistema de
blisteado, de la farmacia que decida el usuario o familiar.
h) En el caso de que haya alguna medicación puntual que deba tomar el usuario y se encuentre fuera de su
tratamiento habitual, deberá ser previamente comunicado por su médico o familiar, con autorización escrita
al personal del centro.
i) Si hubiera que devolver medicación del usuario para llevársela a su domicilio, se entregará el blister
completo, debiéndolo devolver el día de su incorporación. También se le devolverá en caso de que tuviera
medicación sobrante.
j) Los usuarios deberán asistir al centro desde sus domicilios con una imagen e higiene básica correcta (corte
de uñas, afeitado o depilación facial). Así mismo, el centro contará con las medidas técnicas y humanas
necesarias para aquellas personas que precisen de ayuda para la higiene y el aseo personal.
k) El centro garantizará la animación sociocultural, la atención social individual, grupal y comunitaria, así como
la atención social familiar, comprendiendo lo siguiente:
- Animación sociocultural: Donde se desarrollarán actividades encaminadas a la autopromoción
de los individuos, favoreciendo el desarrollo de las inquietudes intelectuales, sociales,
relacionales, culturales, etc, dentro del grupo, organizándose programas de fomento de
relaciones personales y de comunicación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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