Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05328/2024)
Aprobación definitiva de la modificación parcial del Reglamento de régimen interno del centro de día para personas mayores
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 5328/2024
minusvalía y cuyas circunstancias personales, familiares, médicas o sociales aconsejen la estancia en el centro
de día.
Las solicitudes se formularán en modelo normalizado, que será facilitado en los centros autorizados para su presentación.
A la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación:
1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante.
2) Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social del solicitante.
3) Certificado de empadronamiento y convivencia sobre la composición de la unidad familiar.
4) Certificado de rústicas y urbana de todos los miembros de la unidad familiar.
5) Justificante de ingresos del solicitante y del resto de miembros mayores de 16 años de la unidad familiar.
6) Informe médico.
7) Autorización de salidas.
8) Orden bancaria.
9) Documento de implicación familiar.
10) Declaración jurada de que todos los documentos aportados son ciertos.
Las solicitudes podrán presentarse de forma individual o conjunta, en el caso de matrimonio, pareja de hecho o pariente por
consanguinidad hasta el primer grado, o por consanguinidad colateral hasta el segundo grado, cuando exista dependencia
respecto del solicitante.
La falta total o parcial de la documentación expresada anteriormente, o cualquier otro defecto formal que afectara a la
solicitud de acceso al centro de día, será puesta en conocimiento del interesado para su subsanación en el plazo de diez
días, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite.
Una vez cumplimentado debidamente el expediente, la comisión nombrada a tal efecto, formada por el equipo técnico del
centro y los/las trabajadores/as sociales del Servicio de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada que
corresponda realizarán un informe social del solicitante.
Para realizar el informe social a que se refiere el apartado anterior será imprescindible la entrevista con el solicitante y la
visita a su domicilio.
Cuando todas las plazas se encuentren ocupadas, los solicitantes formarán parte de una lista de espera, que será valorada
por la comisión nombrada a tal efecto, no teniéndose en cuenta el orden de entrada de las solicitudes, sino la mayor
necesidad del servicio o las circunstancias personales de los posibles beneficiarios.
La admisión al centro se producirá en cualquier fecha del año en la que hubiera plazas vacantes, bien por la baja de alguno
de los usuarios, bien por aumento de las plazas disponibles.
El nuevo usuario formalizará un documento de ingreso en el que figurará la aceptación expresa de las normas reguladoras
de la organización y funcionamiento del mismo, de sus derechos y obligaciones, y las condiciones económicas derivadas de
su condición de usuario.
Se considera período de adaptación del interesado al centro el constituido por los treinta días naturales siguientes al ingreso
en el centro. Transcurrido este período, el interesado consolidará su derecho a la plaza adjudicada.
Durante este tiempo, la dirección del centro adoptará las medidas necesarias para facilitar el proceso de adaptación.
Si, durante dicho período, se apreciasen comportamientos personales que impidieran la atención adecuada del usuario en
el centro, se emitirán informes pertinentes y se elevará la propuesta oportuna a la comisión, quien resolverá lo que proceda.
Serán causas de baja en el centro de día para personas mayores de Puebla de la Calzada:
a) Renuncia voluntaria a la plaza.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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de día.
Las solicitudes se formularán en modelo normalizado, que será facilitado en los centros autorizados para su presentación.
A la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación:
1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante.
2) Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social del solicitante.
3) Certificado de empadronamiento y convivencia sobre la composición de la unidad familiar.
4) Certificado de rústicas y urbana de todos los miembros de la unidad familiar.
5) Justificante de ingresos del solicitante y del resto de miembros mayores de 16 años de la unidad familiar.
6) Informe médico.
7) Autorización de salidas.
8) Orden bancaria.
9) Documento de implicación familiar.
10) Declaración jurada de que todos los documentos aportados son ciertos.
Las solicitudes podrán presentarse de forma individual o conjunta, en el caso de matrimonio, pareja de hecho o pariente por
consanguinidad hasta el primer grado, o por consanguinidad colateral hasta el segundo grado, cuando exista dependencia
respecto del solicitante.
La falta total o parcial de la documentación expresada anteriormente, o cualquier otro defecto formal que afectara a la
solicitud de acceso al centro de día, será puesta en conocimiento del interesado para su subsanación en el plazo de diez
días, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite.
Una vez cumplimentado debidamente el expediente, la comisión nombrada a tal efecto, formada por el equipo técnico del
centro y los/las trabajadores/as sociales del Servicio de Atención Social Básica del Ayuntamiento de Puebla de la Calzada que
corresponda realizarán un informe social del solicitante.
Para realizar el informe social a que se refiere el apartado anterior será imprescindible la entrevista con el solicitante y la
visita a su domicilio.
Cuando todas las plazas se encuentren ocupadas, los solicitantes formarán parte de una lista de espera, que será valorada
por la comisión nombrada a tal efecto, no teniéndose en cuenta el orden de entrada de las solicitudes, sino la mayor
necesidad del servicio o las circunstancias personales de los posibles beneficiarios.
La admisión al centro se producirá en cualquier fecha del año en la que hubiera plazas vacantes, bien por la baja de alguno
de los usuarios, bien por aumento de las plazas disponibles.
El nuevo usuario formalizará un documento de ingreso en el que figurará la aceptación expresa de las normas reguladoras
de la organización y funcionamiento del mismo, de sus derechos y obligaciones, y las condiciones económicas derivadas de
su condición de usuario.
Se considera período de adaptación del interesado al centro el constituido por los treinta días naturales siguientes al ingreso
en el centro. Transcurrido este período, el interesado consolidará su derecho a la plaza adjudicada.
Durante este tiempo, la dirección del centro adoptará las medidas necesarias para facilitar el proceso de adaptación.
Si, durante dicho período, se apreciasen comportamientos personales que impidieran la atención adecuada del usuario en
el centro, se emitirán informes pertinentes y se elevará la propuesta oportuna a la comisión, quien resolverá lo que proceda.
Serán causas de baja en el centro de día para personas mayores de Puebla de la Calzada:
a) Renuncia voluntaria a la plaza.
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