Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (05514/2024)
Decreto de concesión de subvenciones destinadas a las agrupaciones y/o asociaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz para el año 2024
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz
Anuncio 5514/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
CONSORCIOS
Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz
Badajoz
Anuncio 5514/2024
Decreto de concesión de subvenciones destinadas a las agrupaciones y/o asociaciones de bomberos voluntarios de la
provincia de Badajoz para el año 2024
Instruido el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en la base 7.ª de la convocatoria de subvenciones destinadas a
las agrupaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número
131, de fecha 10 de julio de 2024.
Visto el informe de resultados de la Comisión de Valoración de fecha 5 de diciembre del corriente, de conformidad con el
informe de preevaluación presentado, en consonancia con el artículo 24.2 de la Ley 38/2023, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, la propuesta de resolución formulada por órgano instructor del procedimiento, así como el resto de
documentación obrante en el expediente.
Visto el informe de fiscalización de la intervención del CPEI, de fecha 8 de noviembre de 2024.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/85, de 2 de abril, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de
Subvenciones y Plan Estratégico de Subvenciones para 2024 de la entidad general, así como la convocatoria de referencia,
por la presente.
HE RESUELTO:
Primero.- Todas las solicitudes han sido presentadas dentro del plazo establecido para ello, y por consiguiente
todas han sido admitidas.
Segundo.- Autorizar y disponer el gasto por un importe total de 120.000,00 euros, en concepto de subvención,
a favor de las agrupaciones de bomberos voluntarios que han participado en la convocatoria, y que han
alcanzado una puntuación superior a 30 puntos, las cantidades que para cada una de ellas se indica, y para
los fines concretos que se especifican en el anexo I de esta resolución.
Tercero.- Las cantidades propuestas ascienden a un total de 120.000,00 euros, desglosados de la siguiente
manera:
Aplicaciones presupuestarias (gastos corrientes)
Importe (€)
211/94213/46200/1300
69.582,55
211/13600/48001/0800
12.184,56
Aplicación presupuestaria (gastos de capital)
Importe (€)
211/94213/76200/1300
35.842,89
211/13600/78000/1300
2.390,00
Dicha distribución de créditos, supone un incremento en transferencias corrientes (36.766,81 euros),
habiendo sido necesaria la tramitación de un expediente de modificación presupuestaria, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 173 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2014, de 5 de marzo, artículo 40 y
siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril y la base de ejecución del vigente presupuesto del
consorcio, tal y como se indica en la base 2.ª de la convocatoria (decreto de aprobación de modificación
presupuestaria de fecha 30/10/2024).
Cuarto.- Los beneficiarios de las subvenciones concedidas, quedan sujetos al estricto cumplimiento de las
obligaciones contenidas en las bases de la convocatoria y normas generales de aplicación, y en especial a lo
dispuesto en su base décima, que establece el plazo para la justificación con fecha límite del 30 de abril de
2025.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz
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Instruido el procedimiento de conformidad con lo dispuesto en la base 7.ª de la convocatoria de subvenciones destinadas a
las agrupaciones de bomberos voluntarios de la provincia de Badajoz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número
131, de fecha 10 de julio de 2024.
Visto el informe de resultados de la Comisión de Valoración de fecha 5 de diciembre del corriente, de conformidad con el
informe de preevaluación presentado, en consonancia con el artículo 24.2 de la Ley 38/2023, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, la propuesta de resolución formulada por órgano instructor del procedimiento, así como el resto de
documentación obrante en el expediente.
Visto el informe de fiscalización de la intervención del CPEI, de fecha 8 de noviembre de 2024.
Considerando las competencias que al efecto me confiere la Ley 7/85, de 2 de abril, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General de
Subvenciones y Plan Estratégico de Subvenciones para 2024 de la entidad general, así como la convocatoria de referencia,
por la presente.
HE RESUELTO:
Primero.- Todas las solicitudes han sido presentadas dentro del plazo establecido para ello, y por consiguiente
todas han sido admitidas.
Segundo.- Autorizar y disponer el gasto por un importe total de 120.000,00 euros, en concepto de subvención,
a favor de las agrupaciones de bomberos voluntarios que han participado en la convocatoria, y que han
alcanzado una puntuación superior a 30 puntos, las cantidades que para cada una de ellas se indica, y para
los fines concretos que se especifican en el anexo I de esta resolución.
Tercero.- Las cantidades propuestas ascienden a un total de 120.000,00 euros, desglosados de la siguiente
manera:
Aplicaciones presupuestarias (gastos corrientes)
Importe (€)
211/94213/46200/1300
69.582,55
211/13600/48001/0800
12.184,56
Aplicación presupuestaria (gastos de capital)
Importe (€)
211/94213/76200/1300
35.842,89
211/13600/78000/1300
2.390,00
Dicha distribución de créditos, supone un incremento en transferencias corrientes (36.766,81 euros),
habiendo sido necesaria la tramitación de un expediente de modificación presupuestaria, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 173 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2014, de 5 de marzo, artículo 40 y
siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril y la base de ejecución del vigente presupuesto del
consorcio, tal y como se indica en la base 2.ª de la convocatoria (decreto de aprobación de modificación
presupuestaria de fecha 30/10/2024).
Cuarto.- Los beneficiarios de las subvenciones concedidas, quedan sujetos al estricto cumplimiento de las
obligaciones contenidas en las bases de la convocatoria y normas generales de aplicación, y en especial a lo
dispuesto en su base décima, que establece el plazo para la justificación con fecha límite del 30 de abril de
2025.
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