Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05214/2024)
Extracto de las bases de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con universidades populares durante el ejercicio 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5214/2024
asignado en la convocatoria, 550.000,00 euros, así como los límites establecidos en la base 5.ª 1.a).
1) En función del número de habitantes de la localidad:
Hasta 1.000 habitantes 1.500,00 €.
De 1.001 a 2.000 habitantes 1.750,00 €.
De 2.001 a 5.000 habitantes 2.250,00 €.
De 5.001 a 10.000 habitantes 3.000,00 €.
De 10.001 a 19.999 habitantes 4.000,00 €.
2) La Comisión de Valoración establecerá una subvención única de 1.000,00 €, siempre que la dotación presupuestaria lo
permita, para aquellas Universidades Populares que sean de nueva creación o que, por causas debidamente justificadas a
apreciar por la Comisión de Valoración, no dispongan de datos presupuestarios o de actividades realizadas en el ejercicio
anterior, refiriéndose este al ejercicio de la última liquidación del presupuesto aprobada.
3) Una vez adjudicadas las cantidades de los apartados 1 y 2 anteriores, el sobrante hasta los 550.000,00 euros consignados,
se distribuirá en función de la memoria de actividades del año 2024 y del proyecto de actividades presentado para el año
2025, donde se evaluará, entre otros aspectos, la correcta presentación de la memoria y el proyecto, la capacidad del
solicitante, el personal, actividades, número de cursos de formación a impartir y número de alumnos a los que van
destinados, dándose prioridad a los proyectos que intervengan en los ejes de formación, empleo o promoción cultural. Los
proyectos se evaluarán de 0 a 100 puntos teniéndose en cuenta los siguientes aspectos:
1. Que la Universidad Popular solicitante esté integrada en la Red de la Asociación de Universidades Populares
de Extremadura (AUPEX): 5 puntos.
2. Con relación a la memoria detallada de las actividades realizadas en 2024 (30 puntos máximo).
2.a) Que presente una memoria detallada de 2024 que incluya la relación de actividades,
objetivos alcanzados, número de cursos de formación, total de horas de formación impartidas
y número de alumnos, así como la evaluación general del proyecto: 5 puntos.
2.b) Que se aporte material gráfico y cartelería relativa a las actividades realizadas por el Centro
donde se acredite que se ha proyectado debidamente la imagen corporativa de la Diputación
de Badajoz: 5 puntos.
2.c) Que se aporte material gráfico y documental del año 2024 de las posibles ruedas de prensa
y repercusión mediática de las actividades realizadas: 4 puntos.
2.d) Número de alumnos que han recibido los cursos de formación impartidos por el Centro en
2024:
De 1 a 100 alumnos: 2 puntos.
De 101 a 300 alumnos: 4 puntos.
Más de 300 alumnos: 8 puntos.
2.e) Número de horas totales de formación correspondientes a los cursos de formación
impartidos por el Centro en 2024:
De 1 a 1.000 horas: 2 puntos.
De 1.001 a 2.500 horas: 4 puntos.
Más de 2.500 horas: 8 puntos.
3. Con relación al proyecto de actividades del Centro para 2025 (65 puntos máximo).
3.a) Que aparezca una relación de las actividades a desarrollar, detallándose cada una de ellas,
con sus objetivos, metodología, personas a las que van dirigidas, cómputo total de horas de
formación y previsión del número de alumnos, edades, cronograma, personal y conclusiones: 5
puntos.
3.b). Que aporte material gráfico de las actividades incluidas en el proyecto de 2025 donde
figure la imagen corporativa de Diputación de Badajoz: Bocetos de carteles, programas,
dípticos y resto de material publicitario: 5 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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asignado en la convocatoria, 550.000,00 euros, así como los límites establecidos en la base 5.ª 1.a).
1) En función del número de habitantes de la localidad:
Hasta 1.000 habitantes 1.500,00 €.
De 1.001 a 2.000 habitantes 1.750,00 €.
De 2.001 a 5.000 habitantes 2.250,00 €.
De 5.001 a 10.000 habitantes 3.000,00 €.
De 10.001 a 19.999 habitantes 4.000,00 €.
2) La Comisión de Valoración establecerá una subvención única de 1.000,00 €, siempre que la dotación presupuestaria lo
permita, para aquellas Universidades Populares que sean de nueva creación o que, por causas debidamente justificadas a
apreciar por la Comisión de Valoración, no dispongan de datos presupuestarios o de actividades realizadas en el ejercicio
anterior, refiriéndose este al ejercicio de la última liquidación del presupuesto aprobada.
3) Una vez adjudicadas las cantidades de los apartados 1 y 2 anteriores, el sobrante hasta los 550.000,00 euros consignados,
se distribuirá en función de la memoria de actividades del año 2024 y del proyecto de actividades presentado para el año
2025, donde se evaluará, entre otros aspectos, la correcta presentación de la memoria y el proyecto, la capacidad del
solicitante, el personal, actividades, número de cursos de formación a impartir y número de alumnos a los que van
destinados, dándose prioridad a los proyectos que intervengan en los ejes de formación, empleo o promoción cultural. Los
proyectos se evaluarán de 0 a 100 puntos teniéndose en cuenta los siguientes aspectos:
1. Que la Universidad Popular solicitante esté integrada en la Red de la Asociación de Universidades Populares
de Extremadura (AUPEX): 5 puntos.
2. Con relación a la memoria detallada de las actividades realizadas en 2024 (30 puntos máximo).
2.a) Que presente una memoria detallada de 2024 que incluya la relación de actividades,
objetivos alcanzados, número de cursos de formación, total de horas de formación impartidas
y número de alumnos, así como la evaluación general del proyecto: 5 puntos.
2.b) Que se aporte material gráfico y cartelería relativa a las actividades realizadas por el Centro
donde se acredite que se ha proyectado debidamente la imagen corporativa de la Diputación
de Badajoz: 5 puntos.
2.c) Que se aporte material gráfico y documental del año 2024 de las posibles ruedas de prensa
y repercusión mediática de las actividades realizadas: 4 puntos.
2.d) Número de alumnos que han recibido los cursos de formación impartidos por el Centro en
2024:
De 1 a 100 alumnos: 2 puntos.
De 101 a 300 alumnos: 4 puntos.
Más de 300 alumnos: 8 puntos.
2.e) Número de horas totales de formación correspondientes a los cursos de formación
impartidos por el Centro en 2024:
De 1 a 1.000 horas: 2 puntos.
De 1.001 a 2.500 horas: 4 puntos.
Más de 2.500 horas: 8 puntos.
3. Con relación al proyecto de actividades del Centro para 2025 (65 puntos máximo).
3.a) Que aparezca una relación de las actividades a desarrollar, detallándose cada una de ellas,
con sus objetivos, metodología, personas a las que van dirigidas, cómputo total de horas de
formación y previsión del número de alumnos, edades, cronograma, personal y conclusiones: 5
puntos.
3.b). Que aporte material gráfico de las actividades incluidas en el proyecto de 2025 donde
figure la imagen corporativa de Diputación de Badajoz: Bocetos de carteles, programas,
dípticos y resto de material publicitario: 5 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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