Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05185/2024)
Bases de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con universidades populares durante el ejercicio 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
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f. Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de
Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
g. Comunicación a través del correo cultura@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9, se tendrá en cuenta, además, a la
hora de valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los
correspondientes requerimientos, y en su caso, al inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2026. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2026.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se tramitará exclusivamente a través del
registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección:
https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo
Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes,
y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha
hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Además deberá incluir
declaración en la que se indique que el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención
concedida ha sido destinada a los fines para los cuales se otorgó.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, esta referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las
diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas
que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan
la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De
todo ello deberán dejar constancia en la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas,
mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos
u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al
correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio
de documentación Mercurio para su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
g. Comunicación a través del correo cultura@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de estas obligaciones establecidas en esta base 9, se tendrá en cuenta, además, a la
hora de valorar la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los
correspondientes requerimientos, y en su caso, al inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2026. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2026.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se tramitará exclusivamente a través del
registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación de Badajoz en la dirección:
https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo
Electrónico y del Registro Electrónico en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes,
y en aplicación de la legislación de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga referencia a las
actividades realizadas y a los resultados obtenidos, y que adjuntará copia del material documental e
informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha
hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen corporativa. Además deberá incluir
declaración en la que se indique que el objeto de la subvención se ha ejecutado y que la subvención
concedida ha sido destinada a los fines para los cuales se otorgó.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta
Diputación, esta referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las
diferentes notas de prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas
que les realicen, foros a los que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan
la actividad subvencionada, haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De
todo ello deberán dejar constancia en la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas,
mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos
u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al
correo ofsubvenciones@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio
de documentación Mercurio para su aportación.
No se admitirá la aportación física de esta documentación.
En lo relativo a la difusión y publicidad de las subvenciones concedidas por Diputación de Badajoz se
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