Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05237/2024)
Bases con convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz que cuenten con escuelas municipales de música durante 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5237/2024
oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos a valorar
para lo que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El órgano instructor del procedimiento será el Director/a
del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido el certificado de la Secretaría
General sobre aquellas solicitudes que hayan entrado en plazo en el Registro Electrónico de la Sede Electrónica de la
Diputación de Badajoz.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, conforme a lo
dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad Local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
Trámites entidades locales y AAPP.
En trámites por Delegaciones seleccionar Cultura, Deportes y Juventud.
Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvención de
convocatorias de concurrencia competitiva.
Identificarse con el certificado digital de representación de la Entidad Local.
Cumplimentar los datos correspondientes a la Entidad Local y al representante.
Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos para la subsanación.
Verificar los datos del interesado y representante, así como la documentación adjuntada para la subsanación.
Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos observados, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las propuestas presentadas, dando como resultado las
cantidades a subvencionar a los ayuntamientos beneficiarios.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de preevaluación, siendo
su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación
Provincial de Badajoz, la siguiente:
1. Presidente: Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud o funcionario en quien delegue.
2. Vocales: Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por el órgano
convocante.
3. Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
4. Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
5. Secretario de la Comisión de Valoración: Un\a funcionario\a de los Servicios Centrales de Cultura, Deportes y
Juventud, con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración, analizará, completará o modificará, en su caso, el preinforme emitido por el Instructor, y lo hará
suyo, convirtiéndose en el informe que concrete el resultado de la evaluación efectuada. El instructor, a la vista del
expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la correspondiente propuesta de resolución al órgano
concedente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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para lo que podrá contar con la asistencia administrativa necesaria. El órgano instructor del procedimiento será el Director/a
del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Se establece una fase de preevaluación, donde se verificará el cumplimiento de las condiciones impuestas para adquirir la
condición de beneficiario de la subvención. Las solicitudes se analizarán una vez sea emitido el certificado de la Secretaría
General sobre aquellas solicitudes que hayan entrado en plazo en el Registro Electrónico de la Sede Electrónica de la
Diputación de Badajoz.
Una vez analizadas las solicitudes, y en los supuestos en que la solicitud o documentación presentada no reúna los
requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, conforme a lo
dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Este trámite de subsanación de la solicitud se efectuará a través del registro electrónico ubicado en la sede electrónica de la
Diputación de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la Entidad Local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
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Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
Trámites entidades locales y AAPP.
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Seleccionar el trámite remisión de documentación para la subsanación de la solicitud de subvención de
convocatorias de concurrencia competitiva.
Identificarse con el certificado digital de representación de la Entidad Local.
Cumplimentar los datos correspondientes a la Entidad Local y al representante.
Cumplimentar el formulario correspondiente a la subsanación de la solicitud.
Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos para la subsanación.
Verificar los datos del interesado y representante, así como la documentación adjuntada para la subsanación.
Firmar y finalizar.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán descargar en las
siguientes direcciones web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/contenidos/ofaa/index.php?cont=catalogo
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos observados, el órgano
instructor elaborará un informe motivado de preevaluación sobre las propuestas presentadas, dando como resultado las
cantidades a subvencionar a los ayuntamientos beneficiarios.
2.- Comisión de Valoración.
Se creará una Comisión de Valoración para examinar y valorar las solicitudes, a la vista del informe de preevaluación, siendo
su composición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.7 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación
Provincial de Badajoz, la siguiente:
1. Presidente: Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud o funcionario en quien delegue.
2. Vocales: Dos empleados públicos provinciales de la Diputación Provincial de Badajoz, designados por el órgano
convocante.
3. Interventor General de la Corporación o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
4. Secretario General de la Diputación de Badajoz o persona en quien delegue, con voz pero sin voto.
5. Secretario de la Comisión de Valoración: Un\a funcionario\a de los Servicios Centrales de Cultura, Deportes y
Juventud, con voz pero sin voto.
La Comisión de Valoración, analizará, completará o modificará, en su caso, el preinforme emitido por el Instructor, y lo hará
suyo, convirtiéndose en el informe que concrete el resultado de la evaluación efectuada. El instructor, a la vista del
expediente y del informe de la Comisión de Valoración, formulará la correspondiente propuesta de resolución al órgano
concedente.
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