Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05405/2024)
Aprobación del Plan Antifraude
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín
Anuncio 5405/2024
De cada una de estas reuniones se elevará el oportuno acta que deberá ser leída y aprobada por todos los miembros del
comité en la reunión siguiente a la celebración de la misma.
5. Evaluación de riesgos.
Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el Ayuntamiento aborde la previa
autoevaluación en lo referente a su riesgo de sufrir actuaciones fraudulentas.
El comité antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial del riesgo de fraude, así como de
repetirlo con una frecuencia que en principio se establece con carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior
ante circunstancias que así lo aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 31 de enero de 2023, se mantuvo la primera reunión del comité donde se realizó el análisis del riesgo de fraude
existente en el Ayuntamiento y se establecieron los procedimientos necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia
de casos de fraude, asignando un responsable de implantación de cada una de dichas medidas.
Los resultados de dicha autoevaluación se recogen en el anexo I del presente Plan.
6. Medidas de para la lucha contra el fraude.
El Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín, una vez realizada la autoevaluación del riesgo de fraude, articula una serie de
medidas y procedimientos estructurados en torno a los 4 elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude: Prevención,
detección, corrección y persecución.
1. Medidas de prevención.
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, el Ayuntamiento de Puebla de Alcollarin suscribe una declaración institucional
antifraude basada los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el anexo III.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
B. Código de conducta.
1. El Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín suscribe un código de conducta y
principios éticos que deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código
establece el comportamiento esperado ante posibles circunstancias que
pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes
compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos públicos.
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el anexo IV.
Este código ético se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
C. Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
Se establece la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de conflicto de
intereses (DACI) para todos los intervinientes en los procedimientos de contratación y de
concesión de subvenciones financiados con cargo al MRR.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Para poder diseñar medidas antifraude proporcionadas y eficaces, es preciso que el Ayuntamiento aborde la previa
autoevaluación en lo referente a su riesgo de sufrir actuaciones fraudulentas.
El comité antifraude ha sido el encargado de realizar el ejercicio de evaluación inicial del riesgo de fraude, así como de
repetirlo con una frecuencia que en principio se establece con carácter anual; si bien podrá exigirse con periodicidad inferior
ante circunstancias que así lo aconsejen como pueden ser los cambios normativos u organizativos, la aparición de
circunstancias novedosas o la detección de puntos débiles ante el fraude.
Con fecha 31 de enero de 2023, se mantuvo la primera reunión del comité donde se realizó el análisis del riesgo de fraude
existente en el Ayuntamiento y se establecieron los procedimientos necesarios y las medidas para minimizar la ocurrencia
de casos de fraude, asignando un responsable de implantación de cada una de dichas medidas.
Los resultados de dicha autoevaluación se recogen en el anexo I del presente Plan.
6. Medidas de para la lucha contra el fraude.
El Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín, una vez realizada la autoevaluación del riesgo de fraude, articula una serie de
medidas y procedimientos estructurados en torno a los 4 elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude: Prevención,
detección, corrección y persecución.
1. Medidas de prevención.
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, el Ayuntamiento de Puebla de Alcollarin suscribe una declaración institucional
antifraude basada los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el anexo III.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
B. Código de conducta.
1. El Ayuntamiento de Puebla de Alcollarín suscribe un código de conducta y
principios éticos que deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código
establece el comportamiento esperado ante posibles circunstancias que
pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes
compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos públicos.
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de fondos.
El código de conducta de los empleados públicos se incluye en el anexo IV.
Este código ético se publicará en la página web del Ayuntamiento para su general
conocimiento.
C. Declaración de ausencia de conflicto de intereses.
Se establece la obligación de cumplimentar una declaración de ausencia de conflicto de
intereses (DACI) para todos los intervinientes en los procedimientos de contratación y de
concesión de subvenciones financiados con cargo al MRR.
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