Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Maguilla. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (05384/2024)
Aprobación definitiva de los estatutos de la Agrupación de los municipios de Maguilla y Malcocinado, para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera, perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención
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Ayuntamiento de Maguilla
Anuncio 5384/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Maguilla
Maguilla (Badajoz)
Anuncio 5384/2024
Aprobación definitiva de los estatutos de la Agrupación de los municipios de Maguilla y Malcocinado, para el
sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera, perteneciente a la subescala de SecretaríaIntervención
PUBLICACIÓN SIMULTÁNEA DE LOS ACUERDOS DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LOS ESTATUTOS DE LA AGRUPACIÓN DE
LOS MUNICIPIOS DE MAGUILLA Y MALCOCINADO, PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO DE SECRETARÍA, CLASE
TERCERA, PERTENECIENTE A LA SUBESCALA DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
Habiéndose adoptado los acuerdos definitivos de constitución de la Agrupación municipal integrada por los Ayuntamientos
de Maguilla y de Malcocinado para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera, perteneciente a la
subescala de Secretaría-Intervención, y del proyecto de estatutos que han de regir la citada Agrupación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.5 del Decreto 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y
el procedimiento para la constitución, modificación y disolución de agrupaciones de entidades locales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para sostenimiento en común de puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería, se da
publicidad a la aprobación definitiva de los estatutos que han de regir la Agrupación, mediante la publicación simultánea de
su texto definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia, en las sedes electrónicas de las entidades locales afectadas y en sus
respectivos tablones de anuncios.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La interposición del recurso de reposición potestativo impide interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Maguilla, a fecha de la firma digital.- La Presidenta de la Junta Administrativa provisional.
__________________
ESTATUTOS QUE HAN DE REGIR LA AGRUPACIÓN MUNICIPAL INTEGRADA POR LOS AYUNTAMIENTOS DE MAGUILLA Y
DE MALCOCINADO PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO DE SECRETARÍA
Artículo 1. Disposiciones generales y entidades que integran la Agrupación.
1.1. En virtud del Decreto 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para
la constitución, modificación y disolución de agrupaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, para sostenimiento en común de puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería y en el
artículo 9 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, de Régimen Jurídico de los Funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, los municipios de Maguilla y Malcocinado se
constituyen en Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera,
perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.
1.2. La citada Agrupación se regirá por el presente Estatuto y por las disposiciones legales que regulen la
materia. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las entidades que la forman.
Artículo 2. Fines y puesto de trabajo que se agrupa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ayuntamiento de Maguilla
Maguilla (Badajoz)
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Aprobación definitiva de los estatutos de la Agrupación de los municipios de Maguilla y Malcocinado, para el
sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera, perteneciente a la subescala de SecretaríaIntervención
PUBLICACIÓN SIMULTÁNEA DE LOS ACUERDOS DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LOS ESTATUTOS DE LA AGRUPACIÓN DE
LOS MUNICIPIOS DE MAGUILLA Y MALCOCINADO, PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO DE SECRETARÍA, CLASE
TERCERA, PERTENECIENTE A LA SUBESCALA DE SECRETARÍA-INTERVENCIÓN
Habiéndose adoptado los acuerdos definitivos de constitución de la Agrupación municipal integrada por los Ayuntamientos
de Maguilla y de Malcocinado para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera, perteneciente a la
subescala de Secretaría-Intervención, y del proyecto de estatutos que han de regir la citada Agrupación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10.5 del Decreto 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y
el procedimiento para la constitución, modificación y disolución de agrupaciones de entidades locales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para sostenimiento en común de puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería, se da
publicidad a la aprobación definitiva de los estatutos que han de regir la Agrupación, mediante la publicación simultánea de
su texto definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia, en las sedes electrónicas de las entidades locales afectadas y en sus
respectivos tablones de anuncios.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) Directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La interposición del recurso de reposición potestativo impide interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Maguilla, a fecha de la firma digital.- La Presidenta de la Junta Administrativa provisional.
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ESTATUTOS QUE HAN DE REGIR LA AGRUPACIÓN MUNICIPAL INTEGRADA POR LOS AYUNTAMIENTOS DE MAGUILLA Y
DE MALCOCINADO PARA EL SOSTENIMIENTO EN COMÚN DEL PUESTO DE SECRETARÍA
Artículo 1. Disposiciones generales y entidades que integran la Agrupación.
1.1. En virtud del Decreto 91/2021, de 28 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para
la constitución, modificación y disolución de agrupaciones de entidades locales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, para sostenimiento en común de puestos de Secretaría, Intervención y Tesorería y en el
artículo 9 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, de Régimen Jurídico de los Funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, los municipios de Maguilla y Malcocinado se
constituyen en Agrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, clase tercera,
perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.
1.2. La citada Agrupación se regirá por el presente Estatuto y por las disposiciones legales que regulen la
materia. La Agrupación carecerá de personalidad jurídica distinta de las entidades que la forman.
Artículo 2. Fines y puesto de trabajo que se agrupa.
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