Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragalejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05317/2024)
Bases y convocatoria para cubrir, con carácter temporal, dos plazas de Monitor Deportivo para el gimnasio municipal
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Ayuntamiento de Esparragalejo

Anuncio 5317/2024

TEMARIO PRUEBA TEST MONITOR DEPORTIVO
Tema 1: Anatomía para el movimiento humano.
Tema 2: Fisiología del ejercicio.
Tema 3: Principios básicos del entrenamiento.
Tema 4: Adaptación del ejercicio físico a las diferentes poblaciones.
Tema 5: Cualidades físicas básicas.
Tema 6: Primeros auxilios.
Tema 7: Lesiones deportivas y su prevención.
Tema 8: Nutrición y salud.

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ANEXO II.- SOLICITUD
PROCESO SELECCIÓN DOS MONITORES DEPORTIVOS
(PROGRAMA ACTIVACIÓN EMPLEO LOCAL 2024) (PLAN DIPUTACIÓN CONTIGO 2024)
DATOS DEL INTERESADO

Nombre y apellidos:
DNI:
Domicilio:
Localidad:
Provincia:
Código postal:
Teléfono:
Correo electrónico:

Expone, que visto en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha ______________________, la convocatoria realizada
por el Ayuntamiento de Esparragalejo, para la selección y contratación temporal de 2 monitores deportivos para el gimnasio
municipal, al amparo del Programa de Activación para el Empleo Local 2024 de este Ayuntamiento.
Solicita, tomar parte en el proceso de selección, aceptando íntegramente las bases de dicha convocatoria, aprobadas por
resolución de la Alcaldía de fecha 31 de octubre de 2024.
Asimismo declara bajo su responsabilidad:
1.- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.
3.- Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
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