Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (05265/2024)
Bases de la convocatoria para cubrir dos plazas de Técnico de Jardín de Infancia, como personal funcionario, en turno libre, por sistema de concurso-oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 5265/2024
El contenido de este segundo ejercicio de la fase oposición, estará dirigido a apreciar la capacidad de los
aspirantes, para llevar a cabo las funciones y tareas propias del puesto de trabajo convocado.
El Tribunal de Selección indicará el día, lugar y hora de celebración de este segundo ejercicio e
inmediatamente antes de iniciarse este, los criterios de corrección del mismo.
Cada uno de los ejercicios se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesaria una puntuación mínima de 5 puntos
para su superación, teniendo cada uno de los ejercicios carácter eliminatorio.
Tras la exposición de la lista provisional del segundo ejercicio por orden de puntuación se abrirá un plazo de 3
días hábiles para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan pasado esta primera
fase, después de haber superado los dos ejercicios de la misma.
7.2.- Segunda fase. Concurso.
Los aspirantes que hayan superado la primera fase, deberán hacer entrega de los documentos, en original o
fotocopia compulsada, acreditativos de los méritos que aleguen para ser valorados de acuerdo al baremo que
figura en el anexo III. Para hacer entrega de esta documentación dispondrán de un plazo de 5 días hábiles a
partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Finalizado el plazo de entrega de la documentación, el Tribunal procederá a la baremación de los méritos
alegados por los aspirantes para ser valorados de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la modalidad de
contratos de trabajo temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de
25 de junio.
Tras la exposición de la lista provisional de la puntuación del concurso, por orden de puntuación, se abrirá un
plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
7.3.- Puntuación final: Una vez finalizado el plazo de reclamación de la fase de concurso, y resueltas las
mismas, si las hubiera, se procederá a sumar los puntos obtenidos en la fase de concurso a los obtenidos en
la fase de oposición; dicha suma determinará el orden final de puntuación.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a
efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la valoración de la experiencia profesional.
3. Mayor puntuación en la valoración de la formación.
8.ª.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
8.1.- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan aprobado
las pruebas selectivas por orden de puntuación obtenida y elevará a la Alcaldesa-Presidenta la propuesta de
nombramiento de los aspirantes seleccionados que mayor puntuación haya obtenido, hasta el límite de
plazas convocadas.
8.2.- En el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la última sesión del concurso-oposición, el
aspirante propuesto por el Tribunal, presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento los siguientes
documentos:
a) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El contenido de este segundo ejercicio de la fase oposición, estará dirigido a apreciar la capacidad de los
aspirantes, para llevar a cabo las funciones y tareas propias del puesto de trabajo convocado.
El Tribunal de Selección indicará el día, lugar y hora de celebración de este segundo ejercicio e
inmediatamente antes de iniciarse este, los criterios de corrección del mismo.
Cada uno de los ejercicios se puntuará de 0 a 10 puntos siendo necesaria una puntuación mínima de 5 puntos
para su superación, teniendo cada uno de los ejercicios carácter eliminatorio.
Tras la exposición de la lista provisional del segundo ejercicio por orden de puntuación se abrirá un plazo de 3
días hábiles para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes que hayan pasado esta primera
fase, después de haber superado los dos ejercicios de la misma.
7.2.- Segunda fase. Concurso.
Los aspirantes que hayan superado la primera fase, deberán hacer entrega de los documentos, en original o
fotocopia compulsada, acreditativos de los méritos que aleguen para ser valorados de acuerdo al baremo que
figura en el anexo III. Para hacer entrega de esta documentación dispondrán de un plazo de 5 días hábiles a
partir del día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes que hayan superado la fase de
oposición.
Finalizado el plazo de entrega de la documentación, el Tribunal procederá a la baremación de los méritos
alegados por los aspirantes para ser valorados de acuerdo a los criterios que figuran en el anexo III.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier Administración bajo la modalidad de
contratos de trabajo temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de
25 de junio.
Tras la exposición de la lista provisional de la puntuación del concurso, por orden de puntuación, se abrirá un
plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
7.3.- Puntuación final: Una vez finalizado el plazo de reclamación de la fase de concurso, y resueltas las
mismas, si las hubiera, se procederá a sumar los puntos obtenidos en la fase de concurso a los obtenidos en
la fase de oposición; dicha suma determinará el orden final de puntuación.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a
efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la valoración de la experiencia profesional.
3. Mayor puntuación en la valoración de la formación.
8.ª.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
8.1.- Finalizadas las pruebas, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes que hayan aprobado
las pruebas selectivas por orden de puntuación obtenida y elevará a la Alcaldesa-Presidenta la propuesta de
nombramiento de los aspirantes seleccionados que mayor puntuación haya obtenido, hasta el límite de
plazas convocadas.
8.2.- En el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la última sesión del concurso-oposición, el
aspirante propuesto por el Tribunal, presentará en la Secretaría General del Ayuntamiento los siguientes
documentos:
a) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
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