Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (05072/2024)
Extracto de las bases reguladoras de concesión de ayudas para el fomento de la natalidad
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Ayuntamiento de Hornachos

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d) Cumplir los demás requisitos que se establezcan.
e) Compromiso de permanencia y estar empadronados en el municipio al menos 1 año por parte del
beneficiario y del niño/a tras la resolución de concesión.
Séptimo.- Órganos competentes del procedimiento.
El órgano competente para la instrucción del expediente estará formado por un Técnico del Ayuntamiento de Hornachos. El
órgano competente para resolver el expediente es el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Hornachos o, en su caso, la
Junta de Gobierno por delegación. En cumplimiento del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el órgano
colegiado estará formado por los siguientes miembros:
Presidente/a: Concejal/a del área de Servicios Sociales (o Concejal/a en quien delegue).
Secretario: Interventor de la Corporación (o personal en quien delegue).
Vocales: Tres empleados públicos del Ayuntamiento (titulares y/o suplentes).
Octavo.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo I de las bases reguladoras. Se dirigirán al Sr. AlcaldePresidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios
señalados en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, finalizando el plazo de presentación el 28 de febrero de 2026.
Noveno.- Documentación a aportar.
Deberán acompañarse a la solicitud la documentación especificada en las bases reguladoras de concesión de ayudas para el
fomento de la natalidad en el término municipal de hornachos.
Décimo.- Plazo de resolución y notificación.
El plazo de resolución y notificación será de tres meses.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de subvención.
Undécimo.- Medios de notificación o publicación.
Las notificaciones se practicarán por medios electrónicos, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Duodécimo.- Empresas adheridas a la convocatoria.
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La Manteria Espj.
Farmacia Enrique Morgado Cuellar.
Rafael Acedo Burguillos (Acedo).
M.ª del Carmen Circujano Díaz (Arcoiris).
Farmacia Paula González Campano.
Sofía Carrasquero León (Ferretería Castaño).
Supermercado Ma&Van S.L. (Supermercado Coviran).
Galagilar S.L.
Ángel Enrique Carril Orellana (Fruteria Mayky).
M.ª Antonia Cáceres González (Trivium).
Concepción Barrangán Becerra (B Y B Servicios Gráficos).
Luisa Navarro Delgado (Bazar Estela).
Pedro Fco. Cuello Pintado (Doble – A).
Pablo Aniceto Ventura Ramos (Multitienda Ventura C.B.).
Cherki Mekkaoui (Comercial Sara C.B.).
José María Ridruejo Roncal (Electrodomésticos Ridruejo Electricidad S.L.).
Pablo Ridruejo Penco.
Ana M.ª Nogales Palacios (Autoservicio Ana Mari C.B.).
Ana Lobato Villena (Don Dulce).
Estefanía Gabaldón Carrasco (Gabalda 17).
Adoración Flores González (Mercería Adoración).
Juliana Flores González (Zapatería Juli).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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