Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Delegación de Transición Ecológica (Badajoz). (05072/2024)
Extracto de las bases reguladoras de concesión de ayudas para el fomento de la natalidad
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Ayuntamiento de Hornachos

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hornachos
Hornachos (Badajoz)
Anuncio 5072/2024
Extracto de las bases reguladoras de concesión de ayudas para el fomento de la natalidad

EXTRACTO DEL ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2024 POR LA QUE SE
CONVOCAN AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE HORNACHOS.
BDNS (identif.): 790984
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/790984).
Primero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la específica para la concesión de ayudas
para el fomento de la natalidad en el término municipal de Hornachos, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión
ordinaria de fecha 5 de septiembre de 2024 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 174 de 10 de
septiembre de 2024, junto con la corrección de las mismas en BOP número 187 de fecha 27 de septiembre de 2024.
Asimismo, se encuentran publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Hornachos (https://sede.hornachos.es).
Segundo.- Cuantía de la ayuda.
El crédito presupuestario al que se imputa la subvención se encuentra recogido en la aplicación presupuestaria 231.48000
del presupuesto vigente (2024) "Programa municipal de apoyo a la natalidad/adopción", con su debida retención de crédito,
por importe de 35.000,00 euros (N.º RC: 220240003052).
Tercero.- Objeto y finalidad.
Podrán ser objeto de subvención de la presente convocatoria los nacimientos y adopciones de hijos/as menores de 3 años
que tengan lugar durante las anualidades de 2024 y 2025, cumpliendo con lo preceptuado en las bases reguladoras
especificadas en el apartado primero. La finalidad de esta subvención, tal y como expresa el preámbulo de las bases
reguladoras de dicha subvención, es fomentar la natalidad dentro del término municipal de Hornachos.
Cuarto.- Gastos subvencionables.
Los gastos imputables a la ayuda, pueden haberse realizado desde el 1 de enero de 2024 y hasta la finalización del plazo
concedido en la resolución para la ejecución y justificación de la ayuda.
Quinto.- Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia no competitiva.
Sexto.- Requisitos de los solicitantes.
El beneficiario o beneficiarios de la ayuda, además de los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones,
deberá cumplir las siguientes condiciones:
a) En el momento del nacimiento o adopción, al menos uno de los progenitores o adoptantes deben haber
estado empadronados en todo caso durante el año inmediatamente anterior a dicho nacimiento o adopción,
y de forma ininterrumpida en el municipio de Hornachos (Badajoz). Asimismo, el niño/a tiene que encontrarse
también empadronado en el domicilio del/la solicitante en el momento de la solicitud.
b) En el caso de adopción, será condición indispensable que el/la adoptado/a sea menor de 3 años.
c) El solicitante de la subvención deberá cumplir los requisitos establecidos en la Ordenanza general de
subvenciones del Ayuntamiento de Hornachos y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; específicamente deberá estar al corriente de pagos con Hacienda, Seguridad Social y el
Ayuntamiento de Hornachos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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