Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05086/2024)
Bases reguladoras de la convocatoria para la celebración de la VIII Edición de la Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra "Provincia de Badajoz, cosecha temprana 2024/2025"
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo

Anuncio 5086/2024

de Badajoz en la campaña 2024/2025.
- Categoría B: Aceites de oliva virgen extra, de producción ecológica. Muestras de lote
homogéneo de al menos 5.000 L (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia
de Badajoz en la campaña 2024/2025. Con la solicitud de inscripción, las empresas que opten a
esta categoría dan su consentimiento para que el organizador compruebe su correcta inclusión
en el registro de elaboradores y comercializadores de producción ecológica.
- Categoría C: Aceite de oliva virgen extra "producción limitada", de origen tanto convencional
como ecológica. Será necesario un lote homogéneo superior a 2.000 L (1.832 kg) e inferior a
5.000 L (4.580 kg), obtenidos de aceitunas recolectadas en la provincia de Badajoz en la
campaña 2024/2025.
d) Solo se admitirá una muestra de aceite por almazara o empresa participante para cada categoría. Una
misma almazara o empresa podrá participar en distintas categorías siempre y cuando sea bajo una marca
comercial diferente.
e) La participación en la VIII Cata-Concurso "Provincia de Badajoz cosecha temprana 2024/2025" es gratuita.
f) El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas están garantizados por la organización.
4.ª.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
a) Las almazaras y empresas interesadas en participar deberán presentar debidamente cumplimentado el
modelo de solicitud que figura como anexo I de las presentes bases.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación
de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) Las solicitudes se formalizarán en el modelo del anexo I de esta convocatoria. Los modelos de solicitud y de
declaraciones responsables estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la Diputación
de Badajoz y en la Oficina de atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz.
d) Las solicitudes podrán presentarse en la Oficina de atención a la ciudadanía de la Diputación de Badajoz e
irán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa, 23, 06071Badajoz.
e) También podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
f) La gestión e instrucción de las solicitudes corresponderá a la Diputación de Badajoz, que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en
virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
g) Si la solicitud o cualesquiera de los documentos imprescindibles no reuniera los requisitos establecidos en
el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o en la convocatoria; se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez
hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera
se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos
en el artículo 21 de la misma norma legal.
h) La Diputación podrá posponer o suspender la edición bajo circunstancias de excepcionalidad que impidan
la participación en igualdad de condiciones entre las almazaras y empresas participantes, así como la
imposibilidad e inviabilidad, total o parcial, del desarrollo del proceso de la cata concurso recogido en los
apartados 5.º y 6.º de las bases reguladoras de esta convocatoria.
5.ª.- Recogida de muestra.
a) Recibida la ficha de inscripción, las muestras de aceites serán recogidas en las almazaras por la
organización del concurso, para lo que contará con personal técnico especializado.
b) Por cada aceite presentado al concurso, se recogerá una muestra de 2,5 litros, dividida en partes iguales en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 7