Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (05022/2024)
Extracto de bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones y entidades
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

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Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones para la misma finalidad, en ningún caso los importes subvencionados
podrán ser de tal cuantía que, en concurrencia con subvenciones de otras administraciones públicas u otros entes públicos
o privados, nacionales o internacionales, superen el coste de la actividad subvencionada a desarrollar por el beneficiario.
Solicitudes.
1. Los interesados deberán presentar solicitud mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Ribera del Fresno, por quien tenga la representación legal de la entidad, en el registro general durante el plazo de diez días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
2. A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:
A. Memoria de actuación justificativa de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como, su
relación directa con los justificantes de gasto. Para ello el representante de la entidad deberá certificar la
realización de las actividades subvencionadas. Se adjuntarán ejemplares de cada uno de los folletos, carteles,
libros, videos, CD, etc., que en su caso, se hayan editado o publicado con ocasión de las actividades
subvencionadas.
B. Memoria económica justificativa de los gastos efectuados debidamente pagados. Los gastos y pagos deben
estar realizados dentro del periodo elegible de la actividad, es decir, desde el 1 de enero hasta el 30 de
noviembre de 2024.
Cualquier gasto y/o pago realizado fuera de este periodo no será subvencionable.
El contenido de la memoria económica es el siguiente:
I. Relación de los gastos y pagos de la actividad, cumplimentada según el anexo IV de estas bases.
II. Relación de los ingresos que han financiado la actividad subvencionada según el anexo V de estas bases. El
total de ingresos declarados no podrá ser superior al gasto total declarado. En caso contrario, se reducirá la
subvención concedida en la parte proporcional del exceso de ingresos sobre gastos.
III. Originales o copias compulsadas de los gastos subvencionables de la actividad. Se considerarán
documentos económicos, justificantes de los gastos de la subvención, los siguientes:
Ribera del Fresno, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Miguel Ángel Araya Salguero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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