Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04944/2024)
Extracto de las bases reguladoras para la convocatoria del Plan de Inversiones en Grandes Ciudades de la provincia de Badajoz para el ejercicio 2024
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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio
Badajoz
Anuncio 4944/2024
Extracto de las bases reguladoras para la convocatoria del Plan de Inversiones en Grandes Ciudades de la provincia de
Badajoz para el ejercicio 2024

EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE INVERSIONES EN GRANDES CIUDADES DE
LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA EL EJERCICIO 2024
BDNS (Identif.): 790644
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/790644).
EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE INVERSIONES EN GRANDES CIUDADES DE
LA PROVINCIA DE BADAJOZ PARA EL EJERCICIO 2024
Expte. FIRMADOC: 2024/9/SYTPL-EC
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Objeto.
Estas bases tienen por objeto la regulación de la convocatoria y concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, para la financiación de inversiones en la ejecución de obras en el marco del Plan de Inversiones en Grandes
Ciudades de la provincia de Badajoz.
Segundo.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los municipios de la provincia de Badajoz con una población de derecho
superior a 20.000 habitantes, según las últimas cifras aprobadas por el INE, a través de sus alcaldes, siempre que cumplan
los requisitos establecidos en la base 6 de la convocatoria.
Tercero.- Dotación subvención del Plan.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la cuantía total máxima de la
aportación provincial de la convocatoria asciende a 5.000.000,00 euros (cinco millones de euros), que junto a la cuota de
corresponsabilidad, que deben asumir los beneficiarios, ascendería a un total de 8.600.000,00 euros.
Los 5.000.000,00 de euros de aportación provincial se encuentran consignados en las aplicaciones presupuestarias del
presupuesto de gastos de esta Corporación del ejercicio 2024, que se indica a continuación:

Aplicaciones presupuestarias

Importe aprobado

336/94200/76200/1100

5.000.000,00 €

Totales

5.000.000,00 €

Cuarto.- Solicitudes.
Se establece un plazo de 10 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del día siguiente a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la BDNS. Si el último día fuera
inhábil, se entenderá por último día del plazo el siguiente día hábil.
Las solicitudes se tramitarán únicamente a través de medios electrónicos mediante la presentación de modelos
normalizados e irán acompañadas de la documentación requerida en las bases. La presentación de solicitudes a través del
registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido, estando ubicado
dicho registro en la página principal de Diputación de Badajoz, en la siguiente dirección:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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