Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (04863/2024)
Decreto de convocatoria del Plan de Inversiones en Grandes Ciudades de la provincia de Badajoz para el ejercicio 2024
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio

Anuncio 4863/2024

2.4. Actas de recepción de las obras o actas de finalización de las obras, y certificaciones finales.
En caso de adquisición de terrenos: adjuntar escrituras en el Registro de la Propiedad
correspondiente.
2.5. Carta de pago del ingreso recibido.
2.6. Fotografía del cartel informativo de la actuación en formato digital en su lugar de
colocación final, siguiendo la imagen corporativa del Plan.
2.7. Dossier fotográfico en formato digital (.jpg o .png o .tif) de la obra realizada. Este dossier, se
remitirá preferentemente a través del siguiente correo electrónico: planificacion@dipbadajoz.es. Para correos que superen los 10 Mb, deberán utilizar la plataforma
https://mercurio.dip-badajoz.es para lo que nos deberán solicitar la contraseña al Servicio de
Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
2.8. Anexo 9: Indicadores de resultado y actividad e identificación de los objetivos de desarrollo
sostenible con las actuaciones desarrolladas.
2.9. Memoria gráfica final firmada por el representante legal de la entidad a la que se adjuntará
copia del material documental e informativo (gráfico, digital o audiovisual) a que ha dado lugar
el proyecto, destacando donde se ha hecho constar la colaboración de Diputación y su imagen
corporativa.

Esta documentación se presentará dirigida al Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio,
correspondiendo su gestión al Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
Queda autorizada expresamente la subcontratación de las actuaciones aprobadas, de acuerdo con al artículo 29 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedando pues autorizada a que la ejecución total o parcial de la
actuación/es que constituye/n el objeto de la subvención sea realizada tanto con medios propios como con contratos con
terceros. Asimismo las entidades beneficiarias quedan sujetas al cumplimiento de la normativa contractual aplicable.
La presentación de estos documentos no exime a la entidad beneficiaria de las actuaciones de control financiero que por la
Intervención puedan realizarse para la comprobación de operaciones individualizadas y concretas, aspectos parciales,
comprobación material de inversiones y cualesquiera otra que resulte necesaria con arreglo a lo que dispone el artículo 220
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Se podrán solicitar facturas originales o certificaciones de obra, así como los justificantes de pago, documentos contables, o
realización de comprobación material de las actuaciones. Para ello, la Intervención de la Diputación podrá optar por la
solicitud de la documentación que estime conveniente a las entidades beneficiarias, o el examen de la documentación en las
dependencias de la entidad local.
El modelo de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención conforme al modelo
normalizado (anexo 7) estará únicamente disponible en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz, ubicada en la
página principal de la Diputación de Badajoz en la dirección: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=entidades.
Excepcionalmente, los beneficiarios del Plan, podrán solicitar una ampliación del plazo establecido para la presentación de
la justificación que no exceda de la mitad del mismo y siempre que con ello no se perjudique derechos de terceros conforme
a lo establecido en al artículo 70 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones según anexo 8.
Dicha ampliación tendrá la siguiente tramitación:
A) La solicitud, debidamente motivada, tendrá que tener registro 15 días antes de la finalización del plazo
máximo establecido para la presentación de la justificación.
B) Requerirá autorización expresa de la Diputación, cuyo trámite interno se ajustará al siguiente
procedimiento:
Informe técnico de Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio.
Resolución por el que se concede la autorización de la prórroga de la justificación.
Notificación al interesado de la misma.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 16 de 27