Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (05024/2024)
Bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones y entidades
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 5024/2024
Bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones y entidades

Se hace público para general conocimiento, a los efectos de los dispuesto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones que, por resolución de Alcaldía de fecha 17 de octubre de 2024, se han
aprobado las bases específicas de la convocatoria reguladora de las bases reguladoras de las subvenciones a asociaciones y
entidades de Ribera del Fresno para el año 2024, con el contenido que a continuación se reproduce.
Asimismo, se encuentran a disposición de los interesados en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento.
BASES REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES DE RIBERA DEL FRESNO
BDNS (IDENT.): 791652
El Ayuntamiento de Ribera del Fresno, en el uso de las competencias que le atribuye el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, considerando necesario y prioritario el apoyo a las entidades y a las actividades de promoción de la cultura en
nuestro pueblo, en respuesta a la demanda de nuestros vecinos y para dar continuidad y transparencia en las ayudas que se
conceden, ha decidido aprobar un convocatoria para la concesión de ayudas y subvenciones a entidades y colectivos, de
acuerdo con las siguientes bases:
1.º.- Objeto.
1.1. El objeto de la presente convocatoria pública es regular en régimen de concurrencia competitiva el procedimiento de
concesión de las ayudas y subvenciones municipales para la promoción y realización de actividades culturales y sociales.
1.2. Podrán acogerse a la presente convocatoria cualquier asociación o entidad sin ánimo de lucro con domicilio social en
Ribera del Fresno, que haya ejecutado un proyecto anual o haya realizado actividades concretas en los años 2023 y 2024
que, atendiendo a los criterios que se recogen en la presente convocatoria, resulten de interés para el municipio.
2.º.- Dotación económica.
2.1. Las subvenciones se otorgarán, previa petición del solicitante con cargo al presupuesto del ejercicio 2024. Su
otorgamiento será discrecional, motivado y los importes no podrán ser revisados ni ampliados y, no serán invocados como
precedente. El importe total de las subvenciones a conceder no superará el consignado en la aplicación presupuestaria 334
480 por un importe máximo de 9.000,00 €.
2.2. En ningún caso podrán responder a criterios de mera liberalidad, bajo sanción de nulidad. La cuantía de la subvención
otorgada no excederá del límite máximo del cien por cien de los gastos subvencionables del proyecto o de las actividades
realizadas.
2.3. Las subvenciones están afectas al cumplimiento de la finalidad de interés general a la que se condiciona su
otorgamiento. La concesión se efectuará de acuerdo con los criterios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no
discriminación, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas.
3.º.- Régimen jurídico.
La concesión de estas ayudas y subvenciones se regirá, además de lo previsto en las presentes bases, por la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, el RD 887/2006, 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla,
la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales y la Ley 47/2003, 26 de noviembre, General Presupuestaria, en
cuanto al procedimiento de reintegro de subvenciones.
4.º.- Gastos subvencionables.
Para la determinación de los gastos subvencionables, se estará a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de
Subvenciones. El Ayuntamiento podrá comprobar el valor de mercado de los gastos subvencionados, utilizando los criterios
señalados en el artículo 33 de la Ley General de Subvenciones.
Todas las actividades integrantes del proyecto presentado han de realizarse en el municipio de Ribera del Fresno.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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